
VISTO:
El Expediente Municipal Nº2017-21.448-3, caratulado Secretario de Hacienda, eleva Proyecto de Ordenanza Tarifaria 2018, Y
CONSIDERANDO:
Que para la elaboración del proyecto de Ordenanza se han tenido en cuenta los aportes y recomendaciones efectuados por el personal de las distintas áreas de la Municipalidad.
Se ha dispuesto un incremento en la Unidad Tributaria Municipal de $3,00 a $3.60, fundamentando este incremento en los desfasajes de precios de los servicios municipales, muy por debajo de los costos reales del servicio que presta el Municipio y a los efectos de absorber los impactos inflacionarios reflejados en los bienes y servicios que se utilizan en las diferentes prestaciones municipales.
En otros casos, se han incrementado en forma individual rubros de Industria y Comercio, debido a la exigua tributación que los mismos poseen actualmente, como así también se crearon actividades comerciales que no estaban contempladas actualmente.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Apruébese la Ordenanza Tarifaria Municipal 2018, obrante a fs. 3/69, del expediente Municipal Nº 2017-21.448-3, caratulado Secretario de Hacienda, eleva Proyecto de Ordenanza Tarifaria 2018, con las siguientes modificaciones:
- En el artículo 1º: SERVICIOS A LA PROPIEDAD RAIZ, donde se fijan las tasas mínimas, aumentar los montos establecidos de las siguientes escalas:
Con edificio, en Radio Urbano:
Primera Zona: – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – 500 U.T.M
Segunda Zona: – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – 350 U.T.M.
Suburbana: – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – 250 U.T.M.
Sin edificio, en Radio Urbano:
Primera Zona: – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – 500 U.T.M
Segunda Zona: – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – 350 U.T.M.
Suburbana: – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – – 250 U.T.M.
2) En el artículo 4º, TABLA DE AVALUO DE TERRENOS:
a) Agregar al finalizar el tramo 12º, los siguientes párrafos:
Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de acto Resolutivo, a tarifar en todas las zonas del Radio Urbano de la Ciudad, las tasas por servicios a la propiedad como un lote de hasta 350 m2. En los Distrito se incorporaran las propiedades que cuenten con servicios de agua potable, gas, alumbrado público y asfalto, tarifando a estas propiedades como un lote de hasta 350 m2. Exclúyase de la presente norma, a los Barrios Privados o Desarrollos Inmobiliarios. Asimismo se autoriza a rever lo tarifado en años anteriores, a propiedades de grandes dimensiones que solamente cuentan con una sola vivienda.
b. Incrementar en el Tramo 36 (Calle Aristóbulo del Valle)
De Lavalle a San Isidro 1-036-03 – – – – – – – – – – – – 600 U.T.M.
3) En el artículo 6º, DERECHOS DE INSPECCION DE INDUSTRIA Y SERVICIOS: agregar lo siguiente:
a) Aumentar el Ítem 6 –Servicios de Ambulancias Privadas: 12-015-06-00-01- -1.500 U.T.M.
b) Agregar el Ítem 10 Bis: Aeródromos con ensamble de aviones, reparación, taller de aviones y helicópteros: 15-015-10-00-02 – – 500 U.T.M.
c) Agregar en el Ítem 18º Bis: Heladerías.
d). Modificar el Ítem 56º Empresas de Pompas Fúnebres:
Por cada Sala de Velatorio 12-056-01-00-01 – – 2000 U.T.M.
e) Agregar en el Ítem 61º Fábricas de: un sub Ítem 7º tri: Cervezas Artesanales
12-061-07-01-04 – – 650 U.T.M.
f) Modificar el Ítem 68º Servicios Educativos:
1-Jardines Maternales: 12-068-01-00-01 – – 500 U.T.M.
2-Nivel Inicial y Primario y Secundario 12-068-01-00-02 – – 600 U.T.M.
3-Nivel Terciario y Universitario 12-068-01-00-03 – – 1000 U.T.M.
g) En el Ítem 108º Salud: Aumentar el Sub Ítem 2-1 Servicio de Urgencia o servicio Médico de emergencia domiciliaria: 12-108-02-00-02 – – 3000 U.T.M.
h) En el Ítem 108º Salud: Aumentar el Sub Ítem 3-4 Geriátricos, casas de albergue o de amparo social: 12-108-03-00-04 – – 1200 U.T.M.
i) Modificar en el Ítem 122º Juegos Infantiles: Salón con peloteros, castillos inflables, etc.:
- Con elaboración de comidas: 12-122-01-00-01 – – 1500 U.T.M.
- Sin elaboración de comidas: 12-122-01-00-02 – – 1000 U.T.M.
Artículo 2º: De forma.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 26 días del mes de enero de 2018.
Lic. BRUNO AMBROSINI LUCIO GUTIERREZ
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.
Cpde. Expte. Nº 2017-21448-3 D.E.
Cpde Expte. Nº 2017-00342-3 H.C.D.
