Ordenanza 4119-2003

ORDENANZA 4.119

VISTO
El Expediente  Municipal N°2003-07964-3, por el cual  la Dirección de Desarrollo Económico remite Proyecto de Ordenanza.
Que la participación de la Municipalidad de Rivadavia en el Centro regional de Desarrollo Cooperativo Zona Este – Centro “CEREDECOOP”, integrado por dependientes del Ministerio de Desarrollo Social y Salud de la Provincia, los municipios de la Paz, Junín, Guaymallén, Maipú, Lavalle y Rivadavia, la PYMES dependiente del Ministerio de Econonía, las Cooperativas y asociaciones Civiles de cada uno de los departamentos mencionados, y

CONSIDERANDO
Que en virtud del art. 105  inc, 1 de la Ley Orgánica de Municipalidades, el Intendente Municipal, tiene la representación oficial del Municipio ante cualquier Organismo Público o Privado
Que los fines y objetivos del ente a constituirse coinciden   con la voluntad e intención que anima a las autoridades del Ejecutivo Municipal y a todo este cuerpo deliberativo, en el sentido de apoyar el desarrollo económico local y regional.
Que los estatutos del Centro Regional Cooperativo especifica con toda claridad que el ente a constituirse de carácter mixto, tiene el propósito de “Promover una descentralización eficaz de servicios, y el desarrollo de un sistema institucionalizado de coordinación y cooperación intersectorial, que contribuya a mejorar la productividad y la competitividad del sector cooperativo en la Provincia de Mendoza “.
Que con fecha 7 de junio de 2003 se celebro la Asamblea Constitutiva de la Asociación Civil, en la sede del  INTA Junín, oportunidad en la que fueron aprobados los estatutos.

POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia y en usos de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1°: Apruébase la participación de la Municipalidad de Rivadavia en la Asociación Civil “Centro Regional de Desarrollo Cooperativo Zona Este-Centro”que se constituyó el 7 de junio próximo pasado en la sede del INTA Delegación  Junín.

Artículo 2°: Ratifícase todo lo actuado hasta el presente por parte de la Municipalidad de Rivadavia en cuanto a los trámites previstos que fueron necesarios realizar para celebrar la Asamblea Constitutiva de CEREDECOOP.

Artículo 3°: Autorízase al Intendente Municipal o a quién éste designe, para que se represente en forma oficial a la Municipalidad de Rivadavia ante la Asociación Civil, “Centro Regional de Desarrollo Cooperativo Zona Este – Centro”.

Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia Mendoza, al  15 de octubre  de 2003.

MARCELO ARBOLEDA JESÚS ONTIVEROS
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2003-07964-3-D D.E.
N° 2003-00487-2 H.C.D.

Compartir publicación: