Ordenanza 4650-2012

ORDENANZA Nº4.650

VISTO:
La Resolución Nº1352/2012, del Instituto Provincial de la Vivienda referida a Convenio de Financiación celebrado en fecha 09 de agosto de 2012 entre el Gobierno de la Provincia de Mendoza, Dr. Francisco Pérez, el Instituto Provincial de la Vivienda, representado en ese acto por el Contador Manuel Moreno Serrano, en su carácter de miembro del Directorio, y la Municipalidad de Rivadavia, representada por el Lic. Ricardo Mansur, en carácter de Intendente, en concepto de otorgar al Municipio la suma de Pesos Un Millón Doscientos Mil con 00/100 ($1.200,000,00) en el Marco del Programa Federal de Mejoramiento de Viviendas “Mejor Vivir”, y

CONSIDERANDO:
Que, el Instituto Provincial de la Vivienda (IPV) por Resolución Nº1352/2012, otorga un monto de Pesos Un Millón Doscientos Mil con 00/100 ($1,200,000,00), para la realización de ampliaciones y/o terminaciones que promuevan el mejoramiento habitacional de construcciones con déficit por precariedad, hacinamiento y prosmicuidad.
Que con estos recursos será posible la implementación del Programa de Mejoramiento Habitacional “Mejor Vivir” por administración municipal.
Que, para hacer efectiva la transferencia de los fondos se hace necesaria la aprobación por parte del Concejo Deliberante, del endeudamiento por el monto mencionado anteriormente.

POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1º: Autorícese al Ejecutivo Municipal, a endeudarse por un monto de hasta Pesos Un Millón Doscientos Mil con 00/100 ($1.200.000,00), destinados a implementar Ampliaciones y Terminaciones emanado del Programa de Mejoramiento de Viviendas “Mejor Vivir”.

Artículo 2º: Apruébese la ejecución de las obras por etapas de 10 unidades (módulos), según lo establecido por el Artículo 5º de la Resolución Nº1.352/12, del Instituto Provincial de la Vivienda.

Artículo 3º: Impleméntese la metodología de recupero del crédito según las condiciones establecidas por el Programa “Mejor Vivir” y resoluciones del Instituto Provincial de la Vivienda Nº753/0; Nº950/06 y Nº1247/11.

Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 09 días del mes de octubre de 2012.

JAVIER RODRÍGUEZ FLORINDA SEOANE
SECRETARIO C.D. PRESIDENTE C.D.

Cpde. Expte. Nº 2012-00256-0 C.D.
Nº2012-13245-8 D.E.

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