
VISTO:
El Expediente Nº 2019-00035-1, caratulado Adela Beatriz Luquez solicita presenta pronto despacho y sus acumulados Expedientes Nº 2018-00284-6, 2018-00298-6, 2018-00334-9, 2018-00328-1, 2018-00335-6, y
CONSIDERANDO:
Que la peticionante señora Adela Luquez, con fecha 05 de octubre de 2018, denuncia ante la Municipalidad de Rivadavia la usurpación de su terreno por parte de la Empresa Metal Sur S.A., quién acredita titularidad mediante escritura de subasta pública correspondiente al juicio Nº 20.922 “Banco Nación Argentina, contra Luquez Adela Beatriz y otros por Ejecución Hipotecaria”.
Que en el expediente Municipal Nº 2018-15.232-8 la Empresa Metal Sur S.A., acredita titularidad del terreno adquirido mediante escritura Nº 93, de fecha 17 de noviembre del año 2014, rubricada por la Notaria Pamela Verónica Coronel.
Que en el mismo expediente, Asesoría Legal, informa que la situación planteada por la contribuyente resulta ajena al Municipio, ya que es un conflicto entre particulares.
Que el Departamento Ejecutivo, mediante Resolución de Intendencia Nº 2.538 de fecha 16 de octubre del año 2018, rechaza el reclamo efectuado por la peticionante.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
RESUELVE:
Artículo 1º: Rechazar el planteo efectuado por la señora Adela Beatriz Luquez, ya que el mismo resulta ajeno a la competencia de este Cuerpo, por tratarse de un conflicto entre particulares.
Artículo 2º: Comuníquese a la señora Adela Beatriz Luquez y al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Resoluciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 16 días del mes de abril de 2019.
MARÍA INES DALLAGO MAURICIO DI CÉSARE
SECRETARIA H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.
Cpde. Expte. Nº 2019-00035-1 H.C.D.
