Declaración 17-2009

DECLARACIÓN Nº 17

VISTO:
La necesidad imperiosa de terminar con las obras de saneamiento ambiental, que eviten la propagación de enfermedades y la contaminación de las napas subterráneas del suelo, producto de los efectos producidos por las filtraciones de los pozos sèpticos  de aquellas zonas donde no se presta el servicio de cloacas, y los reiterados reclamos realizados por vecinos cuyas propiedades se encuentran ubicadas en las inmediaciones de la planta de tratamiento de residuos cloacales del departamento de Rivadavia, respecto a los intensos olores nauseabundos y gases tóxicos que despide la misma, y

CONSIDERANDO:
Que dicha planta resulta con capacidad insuficiente para contener el flujo de líquidos proveniente de la Ciudad de Rivadavia.
Que, este hecho, no permite seguir avanzando en la conexión de nuevas redes colectoras, privando de la prestación de este servicio indispensable al resto de los vecinos, fundamentalmente los residentes de los barrios ubicados en las zonas Noreste, Noroeste, Norte y Sur del Departamento.
Que, esta situación no es nueva, ya que en el año 2006, ya teníamos problemas de estas características que fueron abordados en conjunto por la Municipalidad y el Concejo Deliberante de Rivadavia, en reiteradas reuniones mantenidas con  Autoridades de O.S.M. S.A., donde se nos comunicó que la ampliación solicitada se encontraba incluida en el plan de obras que la Empresa tenía previsto realizar para el año 2008. además, en esa oportunidad Obras Sanitarias autorizó por escrito para que los camiones atmosféricos privados, previa inspección, volcaran sus contenidos en la margen norte del Río Tunuyán, convirtiendo esta zona en un foco de infección importante y caldo de cultivo ideal para la propagación de enfermedades como el cólera y el dengue, entre otras.
Que, esta situación que podríamos llamar especial o de emergencia, hizo que O.S.M. S.A., se comprometiera a adelantar la ejecución de dicha ampliación para el primer trimestre del año 2007.
Que, este compromiso de vital importancia, no solo no fue cumplido por la Empresa, sino que la misma no realizó ningún tipo de inversión que al menos disminuyera los efectos detallados anteriormente y permitiera al Municipio seguir proyectando obras como nuevas redes cloacales en la Ciudad de Rivadavia.
Que, ante el proceso de intervención a O.S.M. S.A., iniciado por el Gobierno de la Provincia, y ante el inminente ingreso de fondos provenientes del BID, con destino a financiar obras de estas características, es importantísimo que se tenga en cuenta para su priorización, la situación por la que atraviesa el distrito Ciudad del departamento de Rivadavia, ya que el mismo está en una situación límite respecto a la necesidad de ejecutar la ampliación de su planta de efluentes cloacales y cumple con los requisitos principales en lo que se refiere a necesidad de obra e inversión y a la cantidad de habitantes del mismo.

POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, provincia de Mendoza, y en uso de sus facultades:

DECLARA

Artículo 1º: El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, vería con agrado que el Gobierno de la Provincia, y por su intermedio a los interventores de O.S.M. S.A., para que en conjunto con la Municipalidad de Rivadavia, elaboren un plan que permita ejecutar en forma inmediata la ampliación de la planta de tratamientos de efluentes cloacales del distrito Ciudad, del departamento de Rivadavia.

Artículo 2º: Exhortar al señor Gobernador de la provincia de Mendoza, para que en el marco del convenio para la toma de un crédito del BID, destinado a la ejecución de obras de agua y cloacas, se priorice al departamento de Rivadavia, destinando los fondos que permitan realizar la ampliación de la Planta de Tratamiento de efluentes cloacales existente y permitir nuevas conexines de viviendas habitadas de los diferentes barrios del distrito Ciudad, de este departamento.

Artículo 3º: Remítase copia de la presente pieza legal, al señor Goberndador de la provinciad de Mendoza, Contador Celso Jaque y a los Interventores de O.S.M. S.A., a fin de que tomen conocimiento y emitan una urgente respuesta a la solicitud planteada.

Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 15 días del mes de setiembre de 2009.

ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ JAVIER FORNASARI
SECRETARIO C.D. VICEPRESIDENTE   2º
A/C Presidencia C.D.

Cpde. Expte. Nº 2009-00273-0 C.D.

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