
DECLARACION Nº 28-17
VISTO:
El proyecto de consolidación urbana de los Barrios San Isidro Sur, Brandsen, La Ramada I y La Ramada II y el Convenio Específico celebrado entre la Secretaría de Vivienda y Hábitat del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Mendoza, y
CONSIDERANDO:
Que el mencionado convenio específico es suscripto por el Secretario de Vivienda y Hábitat del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación contador Domingo Luis Amaya y el Gobernador de la Provincia de Mendoza Lic. Alfredo Víctor Cornejo, con el objeto de la ejecución de obras de infraestructura básica y fortalecimiento comunitario en los Barrios San Isidro Sur, Brandsen y La Ramada I y II en el marco del Programa 37 “Acciones para la Provisión de Tierras para el Hábitat Social”.
Que se encuentra la necesidad de llevar adelante la ejecución de obras de infraestructura básica y fortalecimiento comunitario en los barrios mencionados para contribuir al bienestar de sus habitantes.
Que en la zona a intervenir, de 586.390 m2, se encuentran un total de 1200 habitantes aproximadamente, 430 hogares, 393 lotes y 350 viviendas; cabe mencionar que existen en la mayoría de los casos más de una vivienda por lote.
Que en relación a la categorización general de las viviendas, se observan condiciones edilicias deficitarias, hacinamiento crítico por hogar y por cuarto, deterioro e incluso ausencia de servicios sanitarios básicos, necesidad de requerimientos básicos de habitabilidad y seguridad con características de riesgo social.
Que en relación con el nivel de instrucción; se observa en el caso de los jefes de hogar: 7.78% analfabetos, 56.67% con la primaria incompleta, 24.45% con la primaria completa, el 5.55% con la secundaria incompleta y el 5.55% con la secundaria completa; en cuanto a la figura materna: 5.56% analfabetas, 40.98% con la primaria incompleta, 37.75% con la primaria completa, 8.19% con la secundaria incompleta, 4.92% con la secundaria completa y 1.64% con estudios de nivel superior incompletos.
Que en cuanto al nivel de ingresos, en el 90% de los casos los ingresos no superan la Línea de Pobreza y provienen de la Asignación Universal por Hijo de las figuras maternas y de la inserción precaria de los/as Jefes/as de Hogar en el mercado del trabajo informal, percibiendo ingresos inestables e insuficientes para la satisfacción de necesidades básicas.
Que en referencia a la variable salud, se detecta que entre los grupos familiares no poseen cobertura social, según evaluación aproximada existe un amplio cupo de personas en situación de discapacidad.
Que se enmarca dentro de un Convenio Marco de Colaboración entre nación y provincia con el objeto de dar solución al problema habitacional de sectores vulnerables de la sociedad en los centros con déficit de vivienda y de urbanización de barrios vulnerables con infraestructura básica, regularización dominial y fortalecimiento comunitario, para lograr así la revalorización del hábitat.
Que cuenta con un financiamiento por parte del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación de pesos setenta y nueve millones ciento doce mil seiscientos cinco ($79.112.605.-).
Que en la planificación de obras que detalla el Anexo I del convenio específico se encuentra financiamiento para: sistema de abastecimiento de agua potable, conexiones domiciliarias de agua a red, sistema de desagües cloacales, conexiones domiciliarias de cloaca a red, sistema de desagües pluviales, red vial, red primaria de media tensión, subestación transformadora, red eléctrica y alumbrado público, conexiones domiciliarias a electricidad de red, conexiones domiciliarias a gas de red, red peatonal, construcción de NIDO Bº San Isidro Sur, refacción de SUM Bº Brandsen, contenedores, señalética urbana, arbolado público, espacios verdes, playón deportivo, estación de bombeo cloacal, núcleos sanitarios y relocalizaciones de vivienda; con un plazo de ejecución de dieciocho meses.
Que a su vez, el programa cuenta con módulos de desarrollo humano entre los que se encuentran los de: metodología de participación comunitaria, deportivo, cultural, verde, mujer, NIDO y educativo; con un plazo de ejecución de veintiún meses.
Que dentro del Módulo Deporte se observa la ausencia de actividades deportivas y recreativas que involucren a la familia y a la comunidad, para lo que se trabajará sobre el objetivo de promover la actividad física y el deporte como herramienta transversal de inclusión social, construcción de relaciones y habilidades sociales que permitan fortalecer el tejido social en un contexto de igualdad de oportunidades.
Que dentro del Módulo Mujer y Hábitat se observa el escaso protagonismo de las mujeres como sujetos de acción y decisión política con escasa incidencia en la transformación de su territorio, para lo que se trabajará sobre el objetivo de ampliar la estructura de oportunidades de participación de mujeres en escenarios de inclusión, encuentro, formación y organización.
Que en el Módulo NIDO Empleabilidad se observa la ausencia de un espacio comunitario equipado destinado para el desarrollo de actividades recreativas, culturales, educativas y laborales, para lo que se trabajará sobre el objetivo de promover aprendizajes significativos, formación continua y prácticas calificantes desarrollando en ciudadanos en situación de vulnerabilidad competencias afines a las necesidades y demandas de los sujetos y del sector productivo, con miras al mejoramiento de la empleabilidad de los/as trabajadores/as.
Que en el Módulo Educativo General se observa el desconocimiento sobre acceso a servicios de justicia y ejercicio efectivo de derechos ciudadanos y sociales y la escasa información y participación de los sectores sociales tradicionalmente excluidos en el diagnóstico y solución de las problemáticas de derechos que los afectan, para lo cual se trabajará sobre el objetivo de promocionar derechos ciudadanos y sociales.
Que en el Módulo Cultura se observan las insuficientes propuestas comunitarias artístico-culturales, el desconocimiento de artistas locales y escasas oportunidades de desarrollo de talentos, para lo cual se trabajará sobre el objetivo de identificar de significación de los grupos poblacionales en cuanto a lograr la promoción cultural.
Que en el Módulo Ambiental se observan las prácticas individuales y comunitarias que producen impactos ambientales negativos, la ausencia de espacios de planificación-gestión-articulación entre los vecinos y la zona a intervenir e insuficientes propuestas y proyectos comunitarios en plantación de arbolados y parquización, para lo cual se trabajará sobre el objetivo de promover la participación en gestión ambiental.
Que para el logro de estos objetivos trabajan mancomunadamente entes públicos nacionales, provinciales y municipales junto a organizaciones de la sociedad civil como la Subcomisión de Fútbol del Centro Deportivo Rivadavia, el Centro de Investigación e Intervención en Salud Mental y Derechos Humanos La Machi, la Asociación Protectora de la Vida, la Asociación Cuyana para el Desarrollo Sustentable, la Federación de Centros de Estudiantes de Rivadavia y el Sindicato de Músicos de Cuyo.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:
DECLARA
Artículo 1º: Declárese de Interés Socio Comunitario Departamental, el proyecto de Consolidación Urbana de los Barrios San Isidro Sur, Brandsen, La Ramada I y La Ramada II y el Convenio Específico celebrado entre la Secretaría de Vivienda y Hábitat del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación y el Gobierno de la Provincia de Mendoza.
Artículo 2º: Remítase copia de la presente Declaración a la Secretaría de Vivienda y Hábitat del Ministerio del Interior, Obras Públicas y Vivienda de la Nación y al Instituto Provincial de la Vivienda para su conocimiento.
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 10 días del mes de octubre de 2017.
| Lic. BRUNO AMBROSINI | LUCIO GUTIERREZ |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2017-00166-6 H.C.D.