ORDENANZA Nº 5027-21

VISTO:

El Expediente Nº 2021-00036-5, Expediente Municipal Nº 2020-11930-7, caratulado “García María Susana y Otros – Eleva Ofrecimiento de Terreno”, en el que a fojas 1 con su firma asienten su voluntad de donar, y

CONSIDERANDO:

Que urbanísticamente la futura calle Güemes, Suracci y Emilio Bittar es de fundamental importancia para el desarrollo vial del Departamento.

Que debido a la extensa distancia que existe entre calle Paso de los Andes y calle Catena, la apertura de estas calles acortaría la distancia entre las calles mencionadas.

Que la urbanización correspondiente a cordón banquina, red eléctrica, luminarias, perfilado de calles y construcción cruces de calle con su correspondiente alcantarillas, quedara a cargo de los titulares donantes y/o futuros adquirientes.

Que la Urbanización faltante correspondiente a red de agua, conexión de mallas, caños y mano de obra para la instalación de la red de agua de las calles donadas será a cargo de la Municipalidad de Rivadavia.

Que el valor del terreno supera ampliamente el costo del cargo solicitado.

Que en foja 47 se adjunta el plano de mensura aprobado por la Dirección Provincial de Catastro bajo en Nº 10/20017 donde se determinan las superficies a donar con sus medidas correspondientes.

POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo Nº1: Acéptese la donación con cargo realizado por los Sres. María Susana García D.N.I. Nº 12.691.336, CUIT Nº 27-12691336-8; Juan José Del Río D.N.I. Nº 18.490.519, CUIL Nº 20-18490519-2; Daniel Ángel Concati D.N.I. Nº 12.128.747, CUIT Nº 20-12128747-2 y Alberto Nicolás Godoy D.N.I.Nº 35.878.708, CUIT Nº 20-35876708-8, el rasgo de terreno afectado por prolongación calle Güemes con una superficie de 350,67 m2, prolongación de calle Suracci con una superficie de 1762.23 m2, prolongación de calle Emilio Bittar con una superficie de 415,85 m2 y C.C.I.F. el cual será destinado a calle Suracci con una superficie de 950,00 m2 según plano de mensura visado por la Dirección General de Catastro bajo el Nº 10/20017, Nom. Cat.: 10-99-00-0406-300700-0000-1 Padrón de Rentas Nº 10/10823-1, Padrón Municipal Nº NO TIENE, con inscripción de dominio Folio Real, Matrícula Nº 316379/10, Asiento A-2 de Rivadavia, Mendoza con fecha de inscripción 17/12/2013 y de escrituración 13/12/2013.
Artículo Nº2: Que la Urbanización correspondiente a cordón banquina, red eléctrica, luminaria, perfilado de cunetas, veredas hormigonadas, estaqueo de lotes, perfilado de calles y construcción cruces de calles con sus correspondientes alcantarillas, quedará a cargo de los titulares donantes y/o futuros adquirientes.

Artículo Nº3: Que la urbanización correspondiente a red de agua, conexión de mallas, caños y mano de obra para la instalación de la red de agua de las calles donadas será a cargo de la Municipalidad de Rivadavia.

Artículo Nº4: Por Departamento Ejecutivo se deberá realizar los actos útiles y necesarios ante el Registro de la Propiedad para su inscripción a nombre de la Municipalidad de Rivadavia.

Artículo Nº5: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 23 días del mes de marzo de 2021.

 

MARÍA INÉS DALLAGO                                                                                                                             MAURICIO DI CÉSARE
SECRETARIA H. C .D.                                                                                                                                 PRESIDENTE H. C. D.

 

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