ORDENANZA Nº 4899-18

VISTO:

El expediente Nº 14207-2-2017, caratulado “QUINES BRANDANI Laura, ofrece donación de terreno”, en el que a fojas 1, 2, 3 y 4 con su firma los propietarios del terreno identificado como Callejón Comunero de Indivisión Forzosa, asienten su voluntad de donar sin cargo, y

 

CONSIDERANDO:

La necesidad de la apertura de una nueva calle para la conexión entre calle Pública del Barrio Caparros y calle Belgrano, en el rasgo de terreno ubicado a 77,40 m de calle Chile; mencionado en el plano de mensura, visado por la Dirección General de Catastro bajo el Nº 10/17.667 como Callejón Comunero de indivisión Forzosa (C.C.I.F).

Que la designación como calle Pública del rasgo de terreno descripto como C.C.I.F, es indispensable para el desarrollo urbanístico de la zona, donde se podrá realizar el tendido de red eléctrica y agua potable a cargo de los Titulares.

Que urbanísticamente la futura calle es también de fundamental importancia para el desarrollo vial del Departamento; teniendo en cuenta que la apertura de esta conectará el Bario Caparros con la calle Belgrano y dará curso a futuros emprendimientos urbanos.

Que los titulares adjuntan toda la documentación solicitada por la Oficina de Catastro, de fojas 5 a fojas 25, donde se establece su necesidad de donar y el plano de mensura con las afecciones correspondientes ya establecidas y demarcadas en el terreno.

Que la donante no solicita cargo a cambio de la donación.

Que la urbanización faltante correspondiente a cordón banquina, perfilado y hormigonado de acequias, perfilado de calle, veredas, carteles nomencladores, sesto para residuos, red eléctrica, red de agua potable, red de cloacas y de gas; estará a cargo exclusivamente de los titulares del terreno y/o futuros adquirientes del mismo.

Que a fojas 26 se adjunta el plano de mensura donde se determinan las superficies a donar con sus medidas lineales y de superficies correspondientes.

 

POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:

 

ORDENA

Artículo 1º: Acéptese la donación sin cargo realizado por los Sres. Laura QUINES BRANDANI, D. N. I. Nº 16.882.548, propietario de la Fracción Nº 6 frentista al C.C.I.F. con un porcentaje de posesión del mismo de 90.77%; Juan Martín SOSA, D.N.I. Nº 26.998.923 y Valeria Soledad SILVA, D.N.I. Nº 29.067.258, propietarios de la Fracción Nº 1 frentista al C.C.I.F con un porcentaje de posesión del mismo de 1.84%; Ramiro Julián ZEBALLOS, D.N.I. Nº 31.622.224 propietario de la Fracción Nº 2 Frentista al C.C.I.F. con un porcentaje de posesión del mismo de 1.84%; Walter Roldan D.N.I. Nº 27.362.864 y Romina ROLDAN, D.N.I. Nº 31.287.273 propietario de la Fracción Nº 3 Frentista al C.C. I.F. con un porcentaje de posesión del mismo de 1.85%; Mauricio Gerónimo Ramón GUZMAN, D.N.I. Nº 26.414.316 y Andrea Beatriz SOSA, D.N.I. Nº 23.832.961 propietario de la Fracción Nº 4 frentista al C.C.I.F. con un porcentaje de posesión del mismo de 1.85%; Laura QUINES BRANDANI, D.N.I. Nº 16.882.548 propietario de la Fracción Nº 5 frentista al C.C.I.F. con un porcentaje de posesión del mismo de 1.85%. Que en fojas 3 del expediente Nº 14.207-2-2017 “QUINES BRANDANI Laura, ofrece donación terreno”. Los titulares porcentuales del Callejón Comunero de Indivisión Forzosa donan el rasgo de terreno destinado afectados a futura calle pública desde calle Belgrano a calle Pública del Barrio Caparros, con una superficie según mensura y título de 7.089,92 m2, Nomenclatura Catastral 10-99-01-0400-657745-0000-7 y Padrón de Rentas Nº 10/20.326-3, como se observa en fojas 25 del mencionado expediente Municipal; con plano de mensura visado por la Dirección General de Catastro Bajo el Nº 10/17.667, con Folio Real Nº 5.018, Fojas 348, Tomo 43 de Rivadavia, con fecha de inscripción 27/11/1973 y fecha de escrituración 26/10/1973.

Artículo2: La Urbanización del terreno (cordón banquina, cunetas hormigonadas, perfilado de calles, veredas, canastos de residuos, carteles nomencladores, etc…) y la conexión de servicios (agua, energía eléctrica, alumbrado público, gas y cloacas) quedarán a cargo del titular y/o futuros adquirientes, rigiéndose por las normas establecidas en la Ordenanza Municipal 3.877/2000.

Artículo3: Por el Departamento Ejecutivo se deberán realizar los actos útiles y necesarios ante el Registro de la Propiedad Raíz para su inscripción a nombre de la Municipalidad de Rivadavia.

Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

 

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 29 días del mes de mayo de 2018.

 

 

                Lic. BRUNO AMBROSINI                                       LUCIO GUTIERREZ

                   SECRETARIO H.C.D.                                             PRESIDENTE H.C.D.

 

Cpde. Expte. Nº 2018-00122-8  H.C D.

Cpde. Expte. Nº 2017-14207-2  D.E.

 

Compartir publicación: