ORDENANZA Nº 4900-18

VISTO:

El expediente Nº 2018-00036-0, caratulado Bloque Raúl Alfonsín, solicita proyecto de Ordenanza: Derogar la Ordenanza Nº 4.879,  y

 

CONSIDERANDO:

Que el día 28 de noviembre de 2017, este Honorable Concejo sanciono la Ordenanza Nº 4.879.

Que en la mencionada Norma se declara Patrimonio Cultural Departamental a todas las fracciones que componen el complejo industrial vitivinícola, que perteneció a la firma BODEGAS Y VIÑEDOS BAUTISTA GARGANTINI S.A.I.C. (bodega, fraccionadora, casa patronal, dependencias de servicios, maternidad y espacio donde funcionaba la antigua herrería).

Que es espíritu de esta Ordenanza conservar como Patrimonio Cultural Departamental únicamente el edificio que comprende la bodega propiamente dicha, en plano de mensura figura como Fracción VII, abriendo la posibilidad de que las demás fracciones (IV, V, VI) sean utilizadas en el futuro para concretar diversos emprendimientos. De esta manera estaríamos salvaguardando la rica historia patrimonial de esta empresa que sin duda fue pionera en el desarrollo económico, geográfico y socio cultural de Rivadavia; permitiendo a la vez que el progreso urbanístico no se detenga en la zona.

 

POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:

 

ORDENA

Artículo 1º: Deróguese la Ordenanza Nº 4.879, de fecha 28 de noviembre de 2017.

Artículo2º: Declárese Patrimonio Cultural Departamental, bajo los alcances de las Leyes Provinciales Nº 6.034 y 6.133, los rasgos de terrenos designados según el plano de mensura Nº 19.187 de Rivadavia, como: Fracción VII, con una superficie según mensura y según título de 4.498,98 m2, Nomenclatura Catastral 10-99-00-1300-876197-0000-1, Padrón de Rentas 10-22336-0, inscripta en el Registro de la Propiedad en la Matrícula Nº 445738/10, Asiento A-1 de Rivadavia, fecha de inscripción 15/02/2017 y fecha de escrituración 11/04/2013.

Artículo3º: Por el Departamento Ejecutivo se deberá realizar los actos útiles y necesarios ante la Dirección de Patrimonio de la Provincia para su inscripción a nombre de la Municipalidad de Rivadavia.

Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

 

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 29 días del mes de mayo de 2018.

 

 

 

               Lic. BRUNO AMBROSINI                                            LUCIO GUTIERREZ

                  SECRETARIO H.C.D.                                                   PRESIDENTE H.C.D.

 

 

Cpde. Expte. Nº 2018-00036-0  H.  C D.

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