
VISTO:
El Expediente Nº 2018-00247-3, caratulado Bloque Acción y Militancia Peronista, Concejal Juan Garrido, presenta proyecto de Ordenanza: Programa de viajes gratuitos a Escuelas primarias del Departamento de Rivadavia, y
CONSIDERANDO:
La importancia que tienen dentro del proceso de enseñanza-aprendizaje las lecciones paseos y visitas guiadas para lograr acercar a los niños a la realidad que los rodea a través de las experiencias directas.
Que las instituciones educativas muchas veces se ven imposibilitadas de realizar paseos y visitas guiadas con sus alumnos debido a los costos de contratación del transporte.
Que los procesos de enseñanza y de aprendizaje comprenden situaciones que acontecen tanto dentro como fuera del establecimiento escolar, y que constituyen experiencias de relevancia en la biografía escolar de los alumnos.
Que las actividades extraescolares permiten a los chicos que las experiencias vividas adquieran una significativa relevancia en el desarrollo de los valores humanos, culturales, sociales y en la preservación del medio ambiente.
Que este tipo de paseos permiten fortalecer las capacidades de descripción, análisis e interpretación de la realidad cercana a partir de la observación directa, siendo ambos una importante herramienta para la formación del conocimiento de sus alumnos.
Que las excursiones educativas y aquellas de representación institucional constituyen una propuesta abarcativa de la totalidad de los Proyectos Pedagógicos Institucionales.
Que la falta de recursos económicos de algunas Instituciones Educativas para afrontar los gastos de transporte, genera un impedimento para que los alumnos tengan acceso al traslado y por lo tanto quedan muchas veces excluidos de este tipo salidas y paseos grupales.
Que es importante que el Estado Municipal asuma un rol activo de acompañamiento a las instituciones educativas de nuestra Ciudad con el fin de ampliar la accesibilidad a actividades educativas que enriquecen la formación de los alumnos.
Que la implementación de la presente Ordenanza debe ajustarse en su fin y desarrollo por las instituciones a la resolución Nº 1000/17 emanada de la Dirección General de Escuelas de Mendoza.
POR ELLO:
El Honorable concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Impleméntese el “Programa de Viajes Gratuitos”, para Escuelas de nivel inicial y primario del Departamento de Rivadavia.
Artículo 2º: El objetivo del programa es brindar a los alumnos el trasporte gratuito para realizar salidas, visitas guiadas y lecciones de paseo, siempre dentro de los límites de la Provincia de Mendoza.
Artículo 3º: La Autoridad de aplicación de la presente Ordenanza será la Secretaría de Gobierno, a través del Área de Educación, quien tendrá a cargo la reglamentación respectiva.
Artículo 4º: Podrán solicitar el presente beneficio todas aquellas instituciones educativas de nivel inicial y primario de la educación pública del Departamento de Rivadavia.
Artículo 5º: Las instituciones educativas beneficiarias del presente programa no podrán solicitar más de una (1) unidad de transporte de pasajeros por año para cada una y conforme como lo decida la Dirección de cada Escuela, y deberán proceder de acuerdo a lo establecido por la Autoridad de aplicación por vía reglamentaria.
Artículo 6º: Todas las instituciones deberán acogerse a las reglamentaciones vigentes de la Dirección General de Escuelas y al Código Civil de la Nación Argentina, con respecto a los viajes que realicen.
Artículo 7º: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza deberán incorporarse al presupuesto anual en el Área que corresponda.
Artículo 8: Autorizar al Departamento Ejecutivo a realizar convenios, contratos y licitaciones para la concreción de la Ordenanza.
Artículo 9º: Notifíquese la presente Norma a cada una de las Escuelas de nivel inicial y primario del Departamento de Rivadavia.
Artículo 10º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 27 días del mes de noviembre de 2018.
Lic. BRUNO AMBROSINI LUCIO GUTIERREZ
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.
Cpde. Expte. Nº 2018-00247-3 H.C.D.
