
VISTO:
El Expediente Nº 2020-00181-0, Expediente Municipal Nº 2020-09800-6 caratulado: Directora de Recursos y Finanzas Públicas, Eleva Anteproyecto Convenio Deuda Cooperativa Eléctrica, y
CONSIDERANDO:
Que el estado de las negociaciones realizadas con la Cooperativa Eléctrica y Anexos Popular de Rivadavia Limitada, con motivo del conflicto derivado del reclamo de deudas originadas por aplicación de la Ordenanza Municipal Nº 2.294/84 y sus modificatorias, que fija el Derecho de Participación del Municipio del 6% sobre la facturación del consumo eléctrico en las categorías: residencial, comercial e industrial, que efectúen las Distribuidoras Eléctricas del Departamento de Rivadavia, para inversión –fundamentalmente- en infraestructura del Alumbrado Público, por una parte y por el otro, de los reclamos legales iniciados por la Cooperativa Eléctrica contra el Municipio, cuestionando los alcances y exigibilidad de tales derechos, así como el cobro de boletas de suministro eléctrico de distintas reparticiones municipales adeudadas.
Que a raíz de tales controversias, la Municipalidad de Rivadavia inició actuaciones Administrativas y Judiciales y con el objeto de concluir con los litigios existentes entre las partes, se ha suscripto el presente convenio y sus anexos, que resulta ajustado a Ordenanzas en vigencia y a los intereses municipales.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1: Acéptese el Convenio de Reconocimiento de Deuda y Acuerdo de pago entre la Municipalidad de Rivadavia y Cooperativa Eléctrica y Anexos Popular de Rivadavia Limitada, obrante a fs. 04/07 y todos sus anexos: Anexo I, Anexo I bis, Anexo II, Anexo III, Anexo IV.
Artículo 2: En todos los lugares del presente Convenio que hacen referencia a la Ordenanza Nº 2.294, corregir el año, siendo éste el año 1984.
Artículo 3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 13 días del mes de octubre de 2020.
MARÍA INÉS DALLAGO MAURICIO DI CÉSARE
SECRETARIA H. C .D. PRESIDENTE H. C. D.
Cpde. Expte. Nº 2020-00181-0 H.C.D.
Cpde. Expte. N° 2020-09800-6 D.E.
