Ordenanza 3703-1999

ORDENANZA Nº3.703

VISTO
La visita realizada por el Concejal Gerardo Soria al Barrio San Isidro Sur, recientemente inaugurado, y

CONSIDERANDO
Que el mismo no posee la forestación correspondiente y es una obligación la entrega de los Barrios con los ejemplares que se consideren convenientes.
Que la Cooperativa Confraternidad Ltda., responsable de la construcción de dicho Barrio ha realizado la compra de ciento veinte (120) ejemplares de moras que no fueron colocadas.

POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades.

ORDENA

Artículo 1º: Ordénase  la  forestación del Barrio ubicado al Noroeste  de la intersección  de calle Capitán Bouchardo y Maza dela ciudad de Rivadavia, colocándose los mismo en la época que aconseja la Dirección de Recursos Naturales Renovables y el Área de Parques y Paseos Públicos de la Municipalidad de Rivadavia.

Artículo 2º: Realícese este trabajo con la supervisión del Jefe del Área de Parques y Paseos Públicos de la Municipalidad de Rivadavia.

Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, al 19 de marzo de 1999.

JUAN GERARDO DEL RÍO JOSE CARLOS PUEBLA
A/C SECRETARIA H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 99-00179-5 H.C.D.

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