
ORDENANZA N°3.889
VISTO
Que el INSTITUTO TECNOLÓGICO UNIVERSITARIO, sede Este. Debe proceder a la construcción de su edificio propio, y
CONSIDERANDO
Que se ha detectado que el terreno ubicado sobre calle José Hernández, costado Este del edificio del Centro de Estudios Superiores reúne las condiciones para el emplazamiento de esta sede educativa;
Que para tal fin es necesario interrumpir el trazado de calle Liniers hacia el Sur.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades.
ORDENA
Artículo 1°: Interrúmpase la prolongación de calle Liniers hacia el Sur de calle José Hernández de la Ciudad de Rivadavia.
Artículo 2°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con el Instituto Tecnológico Universitario el Convenio de Uso obrante a fs. 4 del Expte. Municipal N° 2000-14481-2-L.
Artículo 3°:Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, al 18 de diciembre de 2000.-
| SILVANA RUTH FRANCESE | ALDO FEDERICO MINELLI |
| SECRETARIA H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2000-14481-2-I D.E.