
ORDENANZA N° 4.045
VISTO:
El Expediente N° 2002-00316-4 y por el cual «Secretario de Gobierno eleva Convenio Marco Municipalidad con Instituto Provincial de la Vivienda» y su acumulado N° 2002-00613-4 «Departamento Ejecutivo, Intendencia pronto tratamiento del Expte. N° 2002-00316-4», y
CONSIDERANDO:
Que el objeto de este Convenio, es la de realizar la ejecución de un complejo edilicio destinado a residencia y comedor para setenta y dos estudiantes universitarios de escasos recursos, que provengan de Departamentos de la Provincia, sin vivienda propia ni posibilidad de albergue en casas de familiares directos que habiten en la Ciudad Capital de Mendoza.
Que, resulta necesario que este H.C.D. ratifique el mencionado Convenio, el cual contribuirá a brindar igualdad de oportunidades de educación superior a jóvenes de nuestro Departamento que no cuentan con los recursos económicos como para seguir carreras de ese nivel en la Regional Mendoza de la Universidad Tecnológica Nacional.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades
ORDENA
Artículo 1°: Ratifícase el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Rivadavia, el Instituto Provincial de la Vivienda y la Universidad Tecnológica Nacional – Facultad Regional Mendoza, para la construcción de una Residencia y Comedor Universitarios en la Ciudad Capital de Mendoza.
Artículo 2°: La Municipalidad de Rivadavia deberá reglamentar la selección de los aspirantes a ocupar la residencia y comedor universitarios.
Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 27 días del mes de noviembre de 2002.
| MARIELA E. ABRAHAM | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIA H.C.D. | PRESIDENTA H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2002-00316-4 H.C.D.