
ORDENANZA Nº4.272
VISTO
El Expedientes Municipal N° 2006-10.213-7, caratulado “Area de Vivienda, eleva pedido sobre Ordenanza N° 4.229-05”, y
CONSIDERANDO
Que el Area de Vivienda fundamenta lo requerido en dos partes, indicando: la revisión de dicha Ordenanza, dejando ver que lo actuado en el Expediente 2005-12.542-8 que lo originó, resulta no producente por su acto “ donar al I.P.V.” el terreno en cuestión.
Que aclara además, que el I.P.V. tasó el terreno a PESOS CUATRO ($4,00) el metro cuadrado, y que coinside con el valor dado por el profesional requerido por el Municipio, pudiéndose obtener importantes ingresos para el Municipio, que en la citada Ordenanza no se obtenían.
Que atendiendo a las necesidades, se sugiere aplicar los fondos al pago de las deudas reclamadas por el I.P.V., de PESOS VEINTINUEVE MIL TRESCIENTOS VEINTITRES CON 96/100 ($29.323,96) por Convenio vigente de reconocimiento de deuda y las deudas que generaron las viviendas de Servicio Municipal de los Barrios Vicente Polimeni de La Libertad y Algarrobo de Mundo Nuevo, reclamadas ambas por el I.P.V. al 05-09-06.
Que además fundamenta la necesidad de incorporar a OJEDA LEONARDO DAVID en la nómina de Jefes de Familia, beneficiarios de convenios de concesión precaria.
POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Modifícase el Artículo 1° de la Ordenanza N° 4.229-05, el que debe agregar al listado de beneficiarios, a OJEDA LEONARDO DAVID, con D.N.I. N° 29.519.781 y autorizar al Ejecutivo Municipal para que firme elmismo convenio, que con el resto de los beneficiarios.
Artículo 2º: Derógase el Artículo 2° de la Ordenanza 4.229-05.
Artículo 3º: Autorízase al Ejecutivo Municipal a:
1) Trasferir en carácter de dación en pago al Instituto Provincial de la Vivienda, los metros cuadrados útiles, que determine el Ejecutivo, del Plano de Mensura 10/13.759 y sus correspondientes fraccionamientos (de los terrenos Municipales ubicados en el Districto Andrade). 2) Convenir con el I.P.V. el valor de PESOS CUATRO ($4,00) de cada metro cuadrado a trasferir a este Ente.
Artículo 4º: Con el monto obtenido de la trasferencia autorizada en el artículo anterior, se aplique al pago de deudas reclamadas por el I.P.V. a este Municipio de:
1) PESOS VEINTENUEVE MIL TRECIENTOS VEINTITRES CON 96/100 ($ 29.323,96) al 15-08-06 por modificación de Convenio de Reconocimiento de Deuda y Pago.
2) Con los fondos restantes, aplicarlos en pago de la deuda de PESOS CATORCE MIL QUINIENTOS NOVENTA Y DOS CON 37/100 ($14.592,37) al 05-09-06 que reclama el IPV, de la vivienda de Servicio Municipal de la Manzana B Casa 31 del B° El Algarrobo y/o de la deuda de PESOS DIECISEIS MIL DOCIENTOS SIETE CON 75/100 ($16.207,75) que al 05-09-06 reclama el I.P.V. de la vivienda de Servicio Municipal de la Manzana D Casa 9 del B° Vicente Polimeni.
Artículo 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, dese al Registro Municipal, publíquese e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bamdera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 26 días del mes setiembre de 2006.-
| RUBÉN DARÍO GRANDO | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTA C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2006-10213-7 D.E.
2006-00274-1 C.D.