
ORDENANZA N° 4.281
VISTO:
El Expediente Municipal N°2003-06226-8-C, caratulado Catania Felipe, ofrece donación de terreno, y
CONSIDERANDO:
La necesidad de aceptar la donación del rasgo de terreno afectado por la prolongación de calle N°3 del Barrio Cooperativa Los Campamentos y pasaje comunero de indivisión forzosa, ofrecido por Felipe Catania, Leonardo Ezequiel Vargas y Elba Estrella de Vargas, cumplimentando de esta manera un tramo que une el barrio con fraccionamiento de características urbanas ubicados sobre el mencionado callejón con salida a calle Florida.
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia , Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1°: Acéptase la DONACIÓN de FELIPE CATANIA, CUIT N°20-06830634-6, a favor de la MUNICIPALIDAD DE RIVADAVIA, del rasgo de terreno afectado por prolongación de calle N°3 del Barrio Los Campamentos, constante de una superficie total según mensura y título de 583,31 m2, parte de: N.C. 10-05-01-0018-000027-0000-5, padrón de rentas 10/00480-2, y de la inscripción en el Registro de la Propiedad Raíz como Primera al N°21.597, fojas 673, Tomo 50 D de Rivadavia, 26-06-1996. No posee derecho de riego, de acuerdo a los siguientes límites: Norte: en 36,20 m. con Víctor Lencione, Sur: en 33,34 m. y ochava de 4,00 m con terreno del donante, Este: en 18,86 m con pasaje comunero, Oeste: en 16,00 m con calle pública N°3, en un todo de acuerdo al plano visado en la D.P.C. bajo el N°14.584 de Rivadavia.
Artículo 2°: Acéptase la DONACIÓN de FELIPE CATANIA, CUIT N° 20-06830634-6, LEONARDO EXEQUIEL VARGAS, D.N.I. N°6.886.735, ELBA ESTRELLA DE VARGAS, D.N.I. N°5.865.757, RAMON FLORENTINO NUÑEZ, D.N.I. N°5.095.222, CARLOS ALBERTO LEDESMA, L.E. N°8.325.106, VICTOR MARIO MERCADO, D.N.I. N° 6.893.370, a favor de la MUNICIPALIDAD DE RIVADAVIA, del pasaje comunero de indivisión forzosa constante de una superficie según mensura y título de 5.209,44 m2, Padrón de Rentas 18763/10, N.C. 10-99-00-0900-14.5469 del plano visado por la Dirección de Provincial de Catastro bajo el N°14.326/10, inscripta como parte en el Registro de la Propiedad Raíz en el folio real, Matricula 185291/10, Asientos A1, A2, A3 y A4, fechas 29/04/2004, 22/04/2005, 22/04/2005, 22/04/2005, de acuerdo a los siguientes límites: Norte: en 19,70 m. con Victor Lencione, Sur: en 20,30 m. con calle Florida, Este: en 260,44 m con más terreno del donante, Oeste: en 260,35 m con más terreno del donante.
Artículo 3°: Comuníquese que las obras de urbanización son por cuenta y cargo de los donantes
Artículo 4°: A través de Catastro Municipal se realizó el plano de mensura y deberá gestionar la respectiva inscripción en el Registro de la Propiedad Raíz.
Artículo 5°: Notifíquese a la Dirección Provincial de Catastro, Departamento Ejecutivo, Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Contaduría, Asesoría Letrada y Catastro.
Artículo 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, al 30 de noviembre de 2006.
| RUBEN DARIO GRANDO | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTA C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2006-00400-2 C.D.
N° 2003-06226-8 D.E.