
ORDENANZA N°4.318
VISTO
La sanción de la Ley N°7.732, que en su artículo 3° faculta al Poder Ejecutivo Provincial a destinar el excedente de recaudación del impuesto a los ingresos brutos para el Ejercicio 2007, neto de participación a municipios por hasta la suma de PESOS NUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL ($9.500.000), a fin de financiar las erogaciones destinadas a implementar la segunda cuota de la ayuda escolar para los agentes de la Administración Pública Provincial y Municipal, y
CONSIDERANDO
Que para ser efectivo el pago y sólo por el Ejercicio 2007, se debe solicitar la autorización correspondiente al Concejo Deliberante de acuerdo con la nota de fecha 23 de agosto de 2007, emitida por el Ministro de Hacienda.
Que, además de ello se deben realizar las adecuaciones presupuetarias incrementando los recursos y la partida de gasto en Asignanciones Familiares, para posibilitar el pago de las mismas.
Que los fondos para hacer efectivo el pago mencionado serán aportados por la Provincia.
POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal, a solicitar al Poder Ejecutivo Provincial los fondos necesarios para el pago de la segunda cuota de la ayuda escolar para el Ejercicio 2007.
Artículo 2°: Autorizar el pago de la segunda cuota de la ayuda escolar por la suma de PESOS CIENTO TREINTA ($130,00), sólo por el Ejercicio 2007, según lo establecido en el artículo 1° y 3° de la Ley N°7.732, dejando constancia que este pago se autoriza por única vez y por el Ejercicio en curso.
Artículo 3°: Autorizar al Departamento Ejecutivo a realizar las modificiones presupuestarias por el presupuesto vigente 2007, necesarias para hacer efectivo el pago de la segunda cuota de la ayuda escolar para los agentes municipales por el valor de PESOS CIENTO TREINTA ($130,00) por agente, aumentando el presupuesto de recursos y de gasto en la misma proporción de acuerdo con el importe que surja a pagar, según lo establecido por la Ley N°7.732.
Artículo 4°: Comuniquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, Publiquese, dése al Registro Municipal e insértese en el Libro de Ordenanza de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 28 días del mes de agosto de 2007.
| RUBEN DARIO GRANDO | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTA C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2007-00237-7 C.D.
N°2007-11469-3 D.E.