
ORDENANZA Nº 4.411
VISTO:
El Expediente Nº 2008-00601-3, caratulado Bloque Concertación, proyecto de Ordenanza, referido a designación de notarios para autorizar actos de incumbencia notarial en el ámbito municipal, y
CONSIDERANDO:
El derecho de rango constitucional de todo habitante, a trabajar en igualdad de condiciones, consagrado por el Artículo 14 de nuestra Carta Magna.
Que es deber de equidad y ejemplo de los poderes públicos, entre ellos nuestra Municipalidad, designar para la autorización de escrituras de adquisición y de deposición de los bienes, a los notarios de esta Ciudad, quienes son parte de la comunidad rivadaviense.
Que la asignación de dichos actos se debe hacer por orden, conforme a una nómina que los notarios debieran presentar al Municipio.
Que la misma forma de trabajar se podría hacer extensiva a otros profesionales, cuando la Comuna necesitara de sus servicios y no los tuviera en su área.
Que, así, se cumpliría con los fines de transparencia en los actos de disposición y/o adquisición de bienes del erario público, garantizando la imparcialidad en la designación del notario, a cargo de la autorización de los actos mencionados, en que sea parte el Municipio.
Que de esta manera todos los profesionales tendrán la posibilidad de trabajar, hecho esencial de nuestra vida, cumpliendo de este modo con la tan mencionada igualdad de oportunidades, que suele no darse en la práctica, y por otra parte nuestro Departamento será, en esta materia, pionero en este tema de justicia social.
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Confórmese en Asesoría Legal de la Municipalidad de Rivadavia, una nómina de notarios con registro habilitante, con asiento en el departamento de Rivadavia, a fin de que de la misma surja el profesional que deba autorizar actos de incumbencia notarial, que sean menester al Municipio, en el ejercicio de la función pública y tengan por objeto adquisición y/o disposición de bienes, inmuebles, muebles, títulos, etc., siendo la presente meramente enunciativa.
La designación del notario deberá hacerse por sorteo, quedando el profesional sorteado en lista de espera hasta complementar la nómina.
Artículo 2º: Remítase copia de la presente Norma, al Colegio Notarial de la Tercera Circunscripción Judicial y a los Concejos Deliberantes de la provincia de Mendoza.
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 25 días del mes de noviembre de 2008.
| JAVIER RODRÍGUEZ | ENRIQUE LEÓN |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTE C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2008-00601-3 C.D.