
ORDENANZA Nº 4.466
VISTO:
El Expediente Municipal 2009-16703-8-C en el que ESTELA, GRACIELA y MARIANA CARDAMA ofrecen la donación de terreno con cargo, y
CONSIDERANDO:
Que este loteo iniciado en 1969, fue loteado por su propietario Andrés Cardama, dentro de los requisitos para la aprobación de este loteo, era donar las calles y ochavas a la Municipalidad de Rivadavia junto con un espacio verde.
Que el propietario en aquella época sin duda las donó sin conocer el N° de Expediente, porque sino nunca la Dirección de Catastro hubiera aprobado el loteo que ya está vendido en su totalidad, por escritura pública, el problema es que fue el Municipio quien nunca lo aceptó, era durante la dictadura militar de 1966 cuando existía la Dirección General de Municipalidades.
Que hoy nos encontramos que el remanente de ese terreno de calles y ochavas es de uso público, que cada propiedad tiene su padrón de rentas y municipal, pero registralmente están a nombre de las hijas de Andrés Cardama.
Que estos terrenos (calles), son posibles de embargos por deudas que tengan las propietarias, pero además generas deudas a las propietarias, en cuanto al impuesto inmobiliario. Pero lo justo y real es que tanto los vecinos de ese Barrio como la Municipalidad, han usufructuado de estos terrenos privados hasta ahora, unos accediendo a sus propiedades por estas calles que no son Públicas y la Municipalidad cobrando tasas por servicios, derechos y aforos por construcción, durante años, sin compensar a las propietarias.
Que las propietarias ahora están dispuestas a donar pero con cargo, hecho que resulta también justo, debido a la falta de aceptación por parte del Municipio de no aceptar dicha donación hace más de 30 años.
Que el cargo es compensar las deudas que poseen en otras propiedades también a nombre de las propietarias, entre ellas el Padrón Municipal N° 356 -1 a nombre de Andrés Cardama, cuya deuda asciende a PESOS OCHO MIL QUINIENTOS SEIS CON 79/100 ($ 8.506,79). El padrón N° 356 -G a nombre de Andrés Cardama, cuya deuda asciende a PESOS NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES CON 79/100 ($ 9.963,79); y el padrón N° 356 cuya deuda asciende a PESO S ONCE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 99/100 ($ 11.675,99). El total de la deuda es de PESOS TREINTA MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS CON 57/100 ($ 30.146,57).
Que la totalidad del terreno que donarían de calle Av. España entre calle Sarmiento a Pascual Comeglio es de 5.242,74 m2; tramo de calle Pascual Comeglio entre calle Av. España al sur, límite de la propiedad 2.642,40 m2; Pasaje Público (hoy Pasaje Cardama) de 1.063,40 m2; tramo de calle José Manuel Estrada entre calle Av. España al sur límite de la propiedad en 2.679,32 m2 y calle Reconquista entre calle Av. España al sur límite de la propiedad en 2.688,06 m2. Total de la superficie a donar: 1 Ha 4.317,92 m2.
Que 14.317,92 m2 a un valor de mercado en esa zona de PESOS CIEN CON 00/100 ($ 100,00) por metro cuadrado, daría PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS TREINTA Y UN MIL SETECIENTOS NOVENTA Y DOS CON 00/100 ($ 1.431.792,00). Por tratarse de calle y ochavas se estima que el valor es de 30 %, lo que arroja PESOS CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL QUINIENTOS TREINTA Y SIETE CON 00/100 ($ 429.537,00).
Que la deuda total es de PESOS TREINTA MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS CON 57/100 ($ 30.146,57), que representan el 7% del valor venal.
Que si se procede a expropiar estas calles, el Juez tomaría como valor mínimo el avalúo fiscal según Decreto Ley N° 1.447/75
Que se han tomado dos ejemplos de lotes libres de mejoras del Padrón Municipal N° 2.673 de una superficie de 348 m2 y el valo r fiscal es de PESOS CUATRO MIL CIENTO SETENTA Y UNO CON 00/100 ($ 4.171.00), es decir PESOS ONCE CON 98/100 ($ 11,98) el m2 y el otro caso del Padrón Municipal N° 2.662 de una superficie de 348 m2 cuyo valor fiscal 2009 es de PESOS DOCE CON 60/100 ($ 12,60) el m2.
Que, resumiendo, si elegimos el camino de la expropiación y promediando estos valores fiscales del año 2009 nos da un promedio de PESOS DOCE CON 29/100 ($ 12,29) x 14.317,92 m2 la suma total de PESOS CIENTO SETENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS SESENTA Y SIETE CON 24/100 ($ 175.967,24). Lo que le saldría más caro a la Municipalidad de Rivadavia en PESOS CIENTO CUARENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTE CON 66/100 ($ 145.820,66), aceptar la donación con este cargo que expropiar.
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: El Concejo Deliberante de Rivadavia, provincia de Mendoza, acepta la donación con cargo ofrecido por las señoras Mónica Cardama, Graciela Mabel Cardama y Mariana Cardama, en carácter de titulares registrales, de los siguientes terrenos:
– Calle Av. España entre calle Sarmiento a calle Pascual Comeglio: 5.242,74 m2
– Calle Pascual Comeglio entre calle Av. España al sur límite de la propiedad: 2.642,40 m2
– Pasaje Público, hoy Pasaje Cardama: 1.063,40 m2
– Calle José Manuel Estrada entre calle Av. España al sur límite de la propiedad: 2.679,32 m2
– Calle Reconquista entre calle España al sur límite de la propiedad: 2.688,06 m2
Todo según plano de loteo aprobado por la Dirección Provincial de Catastro N° 1.929 de Rivadavia. Total a donar: 1 Ha 4.317,92 m2
Artículo 2°: Condónase la deuda total de los Padrones: N° 356 -1 a nombre de Andrés Cardama cuya deuda asciende a PESOS OCHO MIL QUINIENTOS SEIS CON 79/100 ($ 8.506,79); N° 356 -G a nombre de Andrés Cardama cuya deuda asciende a PESOS NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES CON 79/100 ($ 9.963,79); y del N° 356 a nombre de Andrés Cardama cuya deuda asciende a PESOS ONCE MIL SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 99/100 ($ 11.675,99). Total: PESOS TREINTA MIL CIENTO CUARENTA Y SEIS CON 57/100 ($ 30.146,57) más los gastos generados por la iniciación de juicios, tasas, costas y honorarios de los padrones N° 356 y N° 356 -G de PESOS QUINIENTOS TREINTA Y OCHO CON 12/100 ($ 538,12) y PESOS DOS MIL OCHENTA Y NUEVE CON 90/100 ($ 2.089,90) respectivamente, a cargo de la Municipalidad de Rivadavia.
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 17 días del mes de noviembre de 2009.
| NICOLAS ARIEL FLOCCO | ENRIQUE LEÓN |
| A/C SECRETARIA C.D. | PRESIDENTE C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2009-00383-7 C.D.
Expte. N° 2009 -16703-8-C D.E.