Ordenanza 4548-2011

ORDENANZA N° 4548

VISTO:
El Expediente Municipal Nº 2010-05946-3, caratulado Director de Administración, eleva proyecto de Ordenanza Compra Parcela Cementerio Parque, y

CONSIDERANDO:
Que este Concejo Deliberante con fecha 28 de setiembre de 2010, dio sanción a la Ordenanza Nº 4522/10, mediante la cual modifica el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 4356, permitiendo a los empleados municipales, la compra de parcelas del Cementerio Parque de los Recuerdos, en hasta diez cuotas mensuales.
Que ante el informe y requerimiento obrante a fs. 12, el Jefe del Área de Cementerio, señor Jorge Beneretti, solicita la posibilidad de permitir colocar un tercer resto reducido o incinerado en las parcelas del Cementerio Jardín Parque de los Recuerdos, y, de acuerdo al informe obrante a fs. 06 en su punto b) enviado por el señor Jefe del Departamento de Salud y Medio Ambiente,  especifica lo siguiente: “Por lo tanto ingresar un tercer resto reducido o incinerado en la fosa, sólo se podrá hacer en cubículos pequeños, ubicados en los laterales o extremos de los cajones sin alterar las medidas propuestas de la fosa”.
Que el Jefe de Cementerio fue citado por la Comisión de Legislación, Peticiones y Poderes, a los efectos de la conveniencia o no del ingreso de un tercer resto, informando que la solicitud no representa ningún problema y que al contrario sería una medida acertada,  permitiendo al interesado la posibilidad de realizarlo cuando lo crea conveniente.

POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1°: Autorizase al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de las Áreas de Cementerio y Contaduría, se instrumenten los mecanismos necesarios administrativos y acciones necesarias a los efectos de permitir la colocación de un tercer resto, reducido o incinerado en las Parcelas del Cementerio Jardín Parque de los Recuerdos, cuando su titular lo solicite.

Artículo 2°: Lo normado en el Artículo 1º de la presente, podrá ser implementado cuando el interesado lo considere conveniente.

Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 22 días del mes de marzo de 2011.

JAVIER RODRÍGUEZ MAURICIO DI CÉSARE
SECRETARIO C.D. PRESIDENTE C.D.

Cpde. Expte. Nº 2011-00020-1 C.D.
2010-05946-3 D.E.

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