Ordenanza 4666-2012

ORDENANZA Nº4666

VISTO:
La necesidad de conformar un complejo bibliotecario moderno e innovador, que integre la historia, conceptos y modalidades de las bibliotecas tradicionales, con la métodos y tecnologías informáticas y comunicacionales de la actualidad, y

CONSIDERANDO:
Que el Gobierno de la provincia de Mendoza, ha impulsado la creación de “Bibliotecas Virtuales” en cada departamento de la Provincia, equipados con tecnología informática de punta, y gestionados con criterios y sistemas modernos, en materia de información, archivo y plataformas documentales. A tal efecto, a través del ministerio de Infraestructura y Energía aprobó el decreto 1984 que declara de interés provincial la construcción de 18 bibliotecas públicas en la provincia de Mendoza, y autoriza al Ministerio la suscripción de convenios con los municipios a tal fin. En el artículo 3 prevé que dichas obras se ejecuten en inmuebles municipales, para lo cual requieren ordenanzas respectivas de H.C.D; ello sin perjuicio de aclarar que la gestión económica quedara a cargo de las comunas, artículo 4.
Por su parte, la Ciudad de Rivadavia cuenta con la histórica Biblioteca Popular Bernardino Rivadavia, creada en el año 1915, que funciona en el edificio municipal sito en calle Avda. España 39 de la ciudad de Rivadavia, a través de un comodato de rigor, entre la asociación y la comuna.-
Obran antecedentes de ordenanzas anteriores sobre bibliotecas que se adjuntan como anexo de la presente, y que a partir de la fecha la reglamentación sobre la materia deberán ajustarse a los dispositivos que surjan del centro bibliotecario documental de la ciudad de Rivadavia.
La actividad bibliotecaria, históricamente ha cumplido una función socio-cultural indiscutible en el tejido de la comunidad. Puede afirmarse sin hesitación, que una biblioteca es un bien social, que presta un servicio colectivo primordial, en tanto promueve el conocimiento, facilitando su difusión, acercando el universo del libro, del saber, es decir, de las ciencias, la historia, la literatura, las matemáticas, etc., a la comunidad, a las personas con deseos de acceso al libro, o con dificultades de acceso al mismo. En definitiva, son instituciones (ya sean públicas, populares o comunitarias, educativas o científicas) que democratizan el conocimiento, erigiéndose en espacios formativos esénciales para el desarrollo de la personalidad de una sociedad.-
Desde un punto de vista estrictamente etimológico1, una biblioteca puede definirse2, como el lugar donde se guardan libros, sin embargo en la actualidad esta concepción se ha visto hace tiempo superada para pasar a referirse tanto a las colecciones bibliográficas y audiovisuales, como a las instituciones que las crean y las ponen en servicio para satisfacer las necesidades de los usuarios. Ello es así, pues en tanto su tarea se ha ido transformando con el tiempo; pasando de ser meros custodios de colecciones de libros a ser intermediarios entre los usuarios que requieren satisfacer alguna necesidad de información y las colecciones de información que les son confiadas; actuando como centro de documentación, como organizador y clasificador de información, como centro de servicios para ayudar e instruir a las personas en las maneras más eficientes para identificar y acceder a la información que necesiten, en sus diferentes formatos (artículo, libro, revista, disco compacto, videograbación, archivo digital).
La importancia, el crecimiento y las transformaciones que ha experimentado la actividad bibliotecaria, ha generado la creación de licenciaturas y carreras de estudios específicos sobre los fenómenos vinculados al quehacer bibliotecario, por ejemplo, Licenciatura en Bibliotecología, Licenciatura en Bibliotecología y Ciencias de la Información,  Archivonomía, Licenciatura  en Ciencias de la Información Documental, entre otras. Su trascendencia y naturaleza ecuménica, en la era de la comunicación, es tal que a partir de 1997, el 24 de octubre, se celebra el Día de la Biblioteca. En la actualidad, por ejemplo, las modernas Licenciaturas en Bibliotecología, enseñan a analizar las necesidades de información que puedan tener los usuarios de este tipo de centros, además de usar una gran variedad de recursos informativos y soportes informáticos para satisfacer estas necesidades. Este modelo de bibliotecas, es el que impulsa el gobierno provincial y que el departamento de Rivadavia adhiere en su concepto y promoción, sin perjuicio de mantener y reorganizar las tradicionales bibliotecas públicas existentes.
Por su parte, el Municipio como articulador de actividades de impacto comunitario, particularmente de tipo formativo – educativas, ha visualizado la conveniencia de promover la creación de un “Centro de Bibliotecas Públicas”, que asocie todas las experiencias y propuestas bibliotecarias existentes en la actualidad. A tal fin, ha decidido unificar un espacio público donde funcionen las bibliotecas más relevantes de la ciudad, la histórica Biblioteca Bernardino Rivadavia, la Biblioteca de la Escuela Tolosa, y la nueva Biblioteca Virtual, pregonada por el gobierno de Mendoza, habilitando para ello un inmueble urbano en un sector próximo a la Escuela Tolosa, la cual ya de por sí, es un centro educacional neurálgico del departamento, que concentra diariamente grandes conglomerados de alumnos, ex-alumnos, docentes y vecinos;  y que está destinado a ampliarse a partir de la donación de terreno con cargo, efectuada por el municipio a la D.G.E., mediante Ordenanza respectiva.
El lugar proyectado para la instalación del Centro Bibliotecario Departamental, corresponde al sitio ubicado en calle San Martín, esquina Pascual Comeglio de la ciudad de Rivadavia, actualmente ocupado por la Plazoleta Gendarmes Heroicos, siendo de toda conveniencia su emplazamiento en dicho terreno, no solo por su significativa – y ya comentada – ubicación, sino además por razones de funcionalidad, urbanística, jerarquización e incremento de la oferta informativa y seguridad pública, que hacen menester readecuar el uso público de esa plazoleta, afectando en forma definitiva ese espacio, para la radicación del citado centro, conforme el ante proyecto de obra elaborado por la Dirección de Obras y Servicios Públicos, que en copia se glosa como anexo de la presente, siendo este Concejo competente, en todo lo conducente para construir y conservar plazas, paseos y edificios públicos, como para reorganizar su uso, consultando la seguridad y comodidad del público, y cuando razones de seguridad pública, le impongan adoptar medidas precaucionales tendientes a evitar siniestros en las plazas, vías y edificios …. (conf. Art. 75 inc. 1, y ss, 79  L.O.M. n°1079).
La inclusión en el centro bibliotecario departamental, de la biblioteca pública impulsada por el gobierno provincial quedara condicionada  a la aprobación por parte del gobierno de Mendoza, en su defecto se adjudicara una fracción autónoma para la construcción independiente del mismo en terreno municipal antes citado, en un todo de acuerdo al decreto provincial 1984 antes mencionado.

POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1º: Créase el “Centro Bibliotecario – Documental del Departamento de Rivadavia”, donde funcionarán en forma autónoma e integrada, la Biblioteca Popular Bernardino Rivadavia, la Biblioteca Educativa de la Escuela Tolosa, y la nueva Biblioteca Virtual, promovida por el gobierno de Mendoza, según decreto 1984 y que será emplazado en el inmueble municipal sito calle San Martín, esquina Pascual Comeglio de la ciudad de Rivadavia, según proyecto de obra que confeccionará la Dirección de Obras y Servicios Públicos del Departamento Ejecutivo.

Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 21 días del mes de noviembre de 2012.

JAVIER RODRÍGUEZ JUAN CARLOS AGÜERO
SECRETARIO H.C.D. VICEPRESIDENTE  1º C.D.
A/C PRESIDENCIA C.D.

Cpde. Expte. Nº 2012-00325-3 C.D.

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