
ORDENANZA Nº4.701
VISTO:
El Expediente Nº2013-1273-3-C, caratulado “Cooperativa de Vivienda Bº Marcial Pérez Ltda.. s/donación de Lote”, por el cual la Cooperativa manifiesta expresamente su voluntad de efectuar la donación de un terreno de su propiedad, parte de una mayor superficie, acompañando copia de Acta de Asamblea Nº44: Rectificativa, de Acta de Consejo Nº 257, Plano de Mensura y Fraccionamiento Nº 10/17597, Escritura Pública de Compra – Venta Nº 51, pasada ante la Notaria Diana Lorena Surballe, informe de Titularidad y Estado Jurídico del Inmueble, expedido por la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial de la Provincia de Mendoza, copia de la Matrícula Nº347682/10 y del Estatuto de la Cooperativa, y
CONSIDERANDO:
Que, mediante la documentación acompañada, la Cooperativa acredita que posee la titularidad respecto del inmueble en cuestión, encontrándose debidamente inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia en Folio Real Matrícula Nº347682/10 asiento A-2, identificación NC: 10-99-000400-466570-0000-3 (baja).
Que, del Plano Nº10/17597, agregado a fs. 8 del presente, surge el Fraccionamiento efectuado, y del cual se desprende la Fracción identificada como NºII que es la porción de terreno a donar, según lo detalla la Dirección de Obras Privadas de la Municipalidad a fs. 64.
Que, asimismo, la Cooperativa expresa su voluntad de efectuar la donación del inmueble descripto, de acuerdo al procedimiento previsto para tal entidad, mediante las respectivas actas de Asamblea y Consejo de Administración, agregadas a fs. 2/5 y a fs.60/63, donde se deja constancia que la donación se efectúa en el marco de la legislación vigente, a fin de lograr la aprobación del loteo que se encuentran gestionando.
Que, a fs. 65 obra informe de Asesoría Letrada en el que se analiza la documentación acompañada, dando cuenta de que la misma es suficiente, respecto de la Cooperativa, a los fines de efectuar la donación de referencia.
Que, de acuerdo a los antecedentes expuestos, resulta conveniente a los intereses de la Comuna la donación de referencia, además de ser necesaria a efectos de dar cumplimiento a la normativa aplicable.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Acéptese la donación sin cargo de la Fracción Nº II, NC: 10-01-07-0011-000001-0000-5, Padrón de Rentas: 10/20385-9, superficie según mensura, más Título: 1.001,21m2, según consta en Plano de Mensura y Fraccionamiento Nº 10/17597, parte de un inmueble de mayor superficie, inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble en el Folio Real Matrícula Nº347682, Asiento A-2 de Rivadavia, a nombre de la Cooperativa de Vivienda Barrio Jardín Marcial Pérez Limitada.
Artículo 2º: Autorícese al Departamento Ejecutivo a realizar las gestiones y actos útiles ante el Registro de la Propiedad, a fin de efectuar las inscripciones correspondientes.
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 03 días del mes de setiembre de 2013.
| ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2013-00177-7 H.C.D.
Nº2013-01273-3 D.E..