
ORDENANZA Nº4.712
VISTO:
La Ordenanza Nº 4.524, mediante la cual se declara de Utilidad Pública y sujeta a Reembolso los Programas de Construcción de Hormigonado de Barrios y Calles en el Departamento, y
CONSIDERANDO:
Que en el artículo 6º de la citada Ordenanza, establece que una vez terminada la obra se deberá remitir al Concejo Deliberante para su aprobación el proyecto de Ordenanza donde se declare en forma individual y por Barrio la obra de Utilidad Pública y Sujeta a Reembolso, autorizando al Área de Rentas Municipales a aforar el importe resultante establecido en el artículo 7º.
Que habiendo finalizado las obras de hormigonado de calles: Silva, J. González, Jesús Carreras y Paso del Barrio La Libertad, del distrito La Libertad, es indispensable obtener la autorización para el cobro de aquellos vecinos que no hayan realizado el aporte del cemento solicitado, a los que se deberá cargar al Padrón Municipal, el valor de las bolsas de cemento adeudadas, mas un recargo del 50% sobre el saldo en concepto de compensación por costos de mano de obra, maquinarias y áridos. Para aquellos vecinos que justificaron su imposibilidad de pago, mediante informe de Asistente Social, se aforará solamente el valos del cemento solicitado.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Declárese de Utilidad Pública y sujeta a Reembolso, las obras de Hormigonado de las calles del Barrio La Libertad, del distrito homónimo, a saber: Silva, J. González, Jesús Carreras y Paso.
Artículo 2º: Autorizar a realizar el aforo a los Titulares de los Padrones que no hayan entregado el cemento solicitado, de acuerdo con la Ordenanza Nº 4.524, artículo 7º, inc. 7.1 y 7.2; al valor del mercado al momento de realizar dicho aforo.
Artículo 3º: Autorizar al Área de Contaduria Municipal, para que a través de Rentas Municipales se realicen los cargos por reembolso correspondiente a cada propiedad beneficiada con la obra en relación.
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 29 días del mes de noviembre de 2013.
| ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2013-00292-4 H.C.D.
Nº2009-07278-2 D.E.