Ordenanza 4713-2013

ORDENANZA Nº4.713

VISTO:
El Expediente Nº 2011-18947-5-P “PEREYRA, ANA NOEMÍ, PABLO ALBERTO y LIDIA FIDELINA, Donación de terreno con cargo”, y

CONSIDERANDO:
Que la calle Italia, es de fundamental importancia para el desarrollo y circulación del Radio Urbano.
Que dicha calle, entre 25 de Mayo y República del Libano, se encuentra librada al Uso Público y por Ordenanza Nº 4.397 del año 2008, fue“ Declarada de Utilidad Pública”.
Que a fojas 01 se presentan los herederos universales de Pablo Pereyra Donaire y Eufemia Zapata de Pereyra Donaire (Titulares Registrales), y ofrecen en carácter de Donación con cargo un rasgo de terreno de la Parcela N.C. 10-01-03-0045-000291-0000-2, que consta de una superficie según mensura de 462,45 m2 y superficie según título de 510,47 m2, de acuerdo con el Plano de Mensura aprobado en la Dirección Provincial de Catastro  al Nº 10/17291 de Rivadavia; Inscripto en el Registro de la Propiedad como 1ra. Asiento Nº 4462, Fs 287, Tº 37-A de Rivadavia, Padrón de Rentas: 10/10937-9, Padrón Municipal: 0909-B.
Que en fojas 04 Declaratoria de Herederos resuelve como Herederos Únicos y Universales a Lidia Rosa Fidelina, Pablo Alberto y Ana María Noemí Pereyra y tener por designada como Administradora Definitiva a Lidia Rosa Fidelina Pereyra, quien acepta el cargo conferido.
Que el ofrecimiento de Donación es con el Cargo de Compensar la deuda que posee el Padrón Municipal Nº 0909, el que según informe adjunto de la Oficina de Recaudaciones, Movimientos de Cuenta Corriente con fecha 05/11/2013 acredita una deuda total de $ 62.705,60.
Que de acuerdo con la Tasación realizada por el Martillero Público y Corredor Público Inmobiliario Pascual Javier Rosales con fecha setiembre de 2012 y actualización realizada con fecha: Noviembre 2013, la que arroja un valor por m2. de $ 250,00 y un total de $ 115.612,50.
Que el valor del bien inmueble asume la cifra de $115.612,50, siendo el total de la deuda de $62.750,60, por lo que el porcentual de la deuda no supera el 54,28% del valor del terreno.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1º: Acéptese la donación ofrecida por los Sres. Lidia Rosa Fidelina, Pablo Alberto y Ana María Noemí Pereyra en carácter de Herederos Universales y Únicos de doña Eufemia Zapata de Pereyra Donaire y Pablo Pereyra Donaire. La superficie donada según mensura es de 462,45 m2. y según Título es de 510,47 m2. de la Fracción A, N.C. 10-01-03-0045-000291-0000-2, Padrón de Rentas 10/10937-9 de Rivadavia, inscripta en el Registro de la Propiedad Raíz como 1ra Inscripción al Nº 4462, Fs. 287, Tº 37-A de Rivadavia.

Artículo 2º:  Condónese la deuda por Tasas y Servicios del Padrón Municipal 0909.

Artículo 3º:  El Departamento Ejecutivo deberá realizar los actos útiles y necesarios ante el Registro de la Propiedad, para desglosar del Título la superficie correspondiente a esta donación.

Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” del Honorable Concejo  Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 29 días del mes de noviembre de 2013.

ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ FLORINDA SEOANE
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2013-00293-2 H.C.D.
Nº2011-18947-5 D.E.

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