
ORDENANZA Nº4.736
VISTO:
EL Expediente Municipal Nº 2014-08788-2, mediante el cual se propone a la Municipalidad la posibilidad de adquirir un inmueble, el que se destinaría al funcionamiento de la “Casa de la Cultura de Rivadavia”, la Ordenanza Nº 4.707/2013, y
CONSIDERANDO:
Que, existe desde largo tiempo el proyecto municipal de destinar un espacio en el Departamento que sea apto para nuclear el conjunto de actividades culturales que se desarrollan en el mismo.
Que, en tal sentido, la mentada ordenanza autorizó al Departamento Ejecutivo a realizar las acciones tendientes a concretar estos fines.
Que, de acuerdo a las constancias de las presentes actuaciones, el Sr. Manuel Williams Ropero realizó una oferta de venta de un inmueble de su propiedad, ubicado en calle San Isidro Nº 886, esquina Belisario Gil, de la Ciudad de Rivadavia, Mendoza, por la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL con 00/100 ($ 3.600.000,00).
Que, se agrega el pertinente plano de mensura, y tasaciones del inmueble, de las que surge que el precio de plaza es ampliamente superior al ofrecido por el propietario, lo cual constituye un beneficio significativo para los intereses de esta Comuna.
Que asimismo, se incorpora informe de la Dirección de Cultura, en el cual, luego de analizar las características específicas del inmueble ofrecido, en cuanto a su estructura, ubicación, presentaciones, etc., se concluye que el mismo es apropiado para la instalación y funcionamiento de la “Casa de la Cultura”, donde podrán trasladarse las oficinas administrativas de dicha área, y desarrollarse talleres, muestras artísticas y demás actividades afines.
Que existe igualmente evaluación favorable de parte del Departamento Ejecutivo, atento a que el inmueble representa un espacio propicio para los fines autorizados por la Ordenanza Nº 4.707/2013, y a su vez implica las siguientes ventajas: por un lado, la posibilidad de concreción inmediata de parte del proyecto cultural allí previsto, y por otro lado, desde el punto de vista presupuestario significaría cumplir con el ítem “plan de obras y adquisición de bienes de capital” a un costo financiero y económico más conveniente en relación a lo previsto originariamente.
Que, como colorario, se destaca que el inmueble ofrecido, constituye un edificio histórico, representativo del Departamento, y por lo tanto resulta valiosa su conservación.
Que, en otro orden, y atento a que la referida ordenanza en su artículo 2º autoriza a realiza traspaso de partidas exclusivamente para la “construcción” de un Complejo Cultural, y toda vez que de lo expresado surge que la adquisición del inmueble formaría parte de los fines normados, resulta necesario adecuar la preceptiva, incluyendo además la autorización de compra.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Sustitúyase el artículo 2º de la Ordenanza Nº 4.707/2013, por el siguiente texto: “Autorizar al Departamento Ejecutivo, a realizar los traspasos de partidas necesarios para la construcción y/o adquisición de inmuebles, destinado a un Complejo Cultural, tendiente a desarrollar e interrelacionar los diferentes espacios geográficos, pero sobre todo, a promover la participación de variados actores socio-culturales de nuestro Departamento”, debiendo adecuarse al presupuesto 2014 aprobado por Ordenanza Nº 4.716.
Artículo 2º: Autorícese al Departamento Ejecutivo Municipal a suscribir contrato de compraventa y correspondiente escritura traslativa de dominio, con el señor Manuel Williams Ropero, titular registral del inmueble ubicado en calle San Isidro Nº 886, esquina calle Belisario Gil, de la Ciudad de Rivadavia, provincia de Mendoza, inscripto en el Registro de la Prpiedad bajo el Nº 27427, fs. 723; Tomo 52 D de Rivadavia, por la suma de PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($ 3.600.000,00), con más los gastos que irrogue la respectiva escrituración a favor del Municipio.
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 26 días del mes de junio de 2014.
| ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2014-00121-4 H.C.D.
Nº2014-08788-2 D.E.