
ORDENANZA 4.875
VISTO:
Las distintas iniciativas presentadas en este Concejo para legislar respecto de los reconocimientos a personalidades destacadas de nuestro Departamento, y
CONSIDERANDO:
Que a los fines de establecer un único criterio para estas menciones, es necesario dictar una Norma que ordene el procedimiento y determinando una fecha en el calendario anual de este Cuerpo.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Establézcase el día 16 de Noviembre de cada año como día Departamental del Deporte, en consonancia con la celebración Nacional a partir del año 2018.
Artículo 2º: Convóquese, a partir de la sanción de la presente Ordenanza, los días 16 de Noviembre de cada año a un acto de “Reconocimiento de Deportivas destacados de Rivadavia”.
Artículo 3º: Convóquese durante el mes de Octubre de cada año, a través de la Dirección de Deportes al Centro Deportivo de Rivadavia y a todas sus subcomisiones, a todos los clubes sociales y deportivos de Distritos y a otras prácticas de deportes amateurs a la nominación de equipos y/o deportistas que respondan a los criterios establecidos en la presente Ordenanza.
Artículo 4º: Fíjense como criterios para este reconocimiento los siguientes:
a) Deportistas y/o equipos que hayan logrado reconocimientos o distinciones provinciales, nacionales o internacionales en el año en curso.
b) Por su trayectoria, participación y dedicación haya representado principios fundamentales de solidaridad, trabajo en equipo y promoción de hábitos saludables para el deporte del Departamento.
c) Que acredite certificación y/o el fundamento escrito del logro obtenido.
Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 07 días del mes de noviembre de 2017.
| Lic. BRUNO AMBROSINI | LUCIO GUTIERREZ |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cxpte. Expte. Nº 2017-00257-3 H. C. D.