VISTO:
El Expte.No2023-00110-6, Expediente Municipal No2023-06615-8, caratulado
Dirección de Planificación e Infraestructura Urbana Eleva Informe Obras Red de Gas
Domiciliario, Y
CONSIDERANDO:
Que el Municipio de Rivadavia ha elaborado y licitado los proyectos de Obra de Red
de Gas Natural:
• Liniers y Villa Nueva Bo Jesús Obrero – Santa María de Oro. Plano No 13381-
000, 130 metros de ɵ cañería de poliet. de 63 mm. y 710 metros de ɵ cañería
de poliet. de 5 mm. Cantidad de usuarios: 47.
• Riobamba – Bo Coop. De los Árboles. Plano 13356-000, 345 metros de ɵ
cañería de poliet. de 63 mm. y 230 metros de ɵ cañería de poliet de 50 mm.
Cantidad de usuarios: 40.
• Callejón Toro Bo Los Tamarindos – La Libertad. Plano 13419-000, 100 metros
de ɵ cañería de poliet. de 90 mm., 250 metros de ɵ cañería de poliet. de 63
mm. y 710 metros de ɵ cañería de poliet. de 50 mm. Cantidad de usuarios: 53.
• Callejón Privado y Ruta No 62 La Libertad. Plano 13410-000, 80 metros de ɵ
cañería de poliet. de 50 mm. Cantidad de usuarios: 7.
• Calle Cornelio Martínez. Plano 13218, 35 metros de ɵ cañería de poliet. de 50
mm. Cantidad de usuarios: 2.
• Callejón comunero C.C.I.F. con salida a calle Isaac Estrella. Plano 13117, 155
metros de ɵ cañería de poliet. de 50 mm. Cantidad de usuarios: 5.
• Vecinos calle Sgto. Cabral. Plano 13255, 55 metros de ɵ de cañería de poliet.
de 63 mm. Cantidad de usuarios: 2.
• Calle Basilio Liberal y Pca. Plano 13398-000, 120 metros de ɵ cañería de
poliet. de 50 mm. y 245 metros de ɵ cañería de poliet. de 63 mm. Cantidad de
usuarios: 22.
Los cuales poseen un tendido total de 3165 (tres mil ciento sesenta y cinco) metros
lineales de Red de Gas Natural Domiciliaria, para dotar de este servicio a las zonas arriba
mencionadas.
Que uno de los requisitos para lograr la conexión domiciliaria es haber adherido al
plan de pagos del reembolso de la obra y contar con el certificado de libre deuda de la
Municipalidad Especial con indicación de APTO CONEXIÓN, por lo tanto, con la finalidad
de agilizar los trámites de los vecinos para cuando la Obra se encuentre finalizada, entonces
resulta necesario tratar una reglamentación de reembolso previa a la finalización de la Obra.
Que se deberá remitir al Honorable Concejo Deliberante, el proyecto de Ordenanza para fijar
el sistema de reembolso y plan de pagos en cuotas.
Que se realizó el procedimiento de licitación Pública para llevar a cabo la
contratación de la ejecución de la obra por Expediente No 2023-02850-5 y que resulta como
Empresa adjudicataria ROBRAS CONSTRUCCIONES E INSTALACIONES S.R.L. por un
monto de $ 13.215.700 (pesos trece millones doscientos quince mil setecientos) con un plazo
de ejecución de 365 días.
Que en función de los cálculos realizados con los datos suministrados en los informes
técnicos de obra pública, obrante en expediente, surge un importe de reembolso demasiado
elevado por las características propias de la obra y la cantidad de contribuyentes alcanzados
por la misma, siendo de $ 74.245 por cada uno sin considerar los mayores costos que pueda
incurrir la concreción de la mencionada obra y los demás gastos conexos a la misma, los
cuales serían absorbidos totalmente por la Municipalidad. Que, con el fin de no agravar más
la situación económica de las familias de este departamento, se ha analizado la posibilidad
de mantener el costo de reembolso por conexión que actualmente se está cobrando a los
beneficiarios de las obras de gas realizadas según las últimas Ordenanzas de reembolsos
No4972/2020 y 5051/2021, y con la misma modalidad de pago; lo que permitiría unificar un
criterio de cobro por idéntico servicio. Que en función de los fundamentos y considerandos
anteriores resultaría un costo de reembolso por conexión e 2.400 U.T.M., equivalentes al día
de la fecha de $ 44.400 (pesos cuarenta y cuatro mil cuatrocientos) para el pago financiado
en hasta 6 cuotas. Que dicha suma alcanza a cubrir el 60% del valor del costo de una red
actual teniendo en cuenta que los usuarios serías 178, considerando un aporte de reembolso
razonable.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo1o: Declárese de Interés y Utilidad Pública, sujeta a reembolso, la correspondiente
Obra de Gas Natural con un tendido de 3165 (tres mil ciento sesenta y cinco) metros lineales
de Red de Gas Natural Domiciliaria, para dotar de este servicio a las zonas arriba
mencionadas según números de plano de anteproyecto por ECOGAS: Planos No: 13381,
13356, 13419, 13410, 13218, 13117, 13255, 13398.
Artículo 2o: Determínese el valor del reembolso de parte de los vecinos beneficiarios de la
obra de red de gas natural, beneficiarios de la presente, en la suma de 2.400 UTM por
conexión.
Artículo 3o: Autorizar a la Secretaría de Hacienda, a través de la Dirección de Recursos y
Finanzas Públicas para que a medida que los beneficiarios vayan solicitando las adhesiones
correspondientes, se realicen los cargos por reembolso a cada padrón y/o cuenta de la
propiedad beneficiada con dicha Obra.
Artículo 4o: El contribuyente beneficiario deberá suscribir el plan de pagos conforme a las
siguientes opciones:
a) Pago contado con descuento del 10% sobre el valor determinado en el
Artículo 2o, entendiéndose pago contado, el efectuado en efectivo en Tesorería
Municipal, pago con tarjeta de crédito en un pago o en cuotas con tarjetas de crédito
con convenio con el Municipio.
b) Pago en 3 cuotas con descuento del 5% sobre el valor determinado en el
Artículo 2o.
c) Pago en 6 cuotas sin recargo sobre el valor determinado en el Artículo 2o.
Artículo 5o: Solicitar la viabilidad a Distribuidora de Gas Cuyana S.A (ECOGAS) para
que otorgue las autorizaciones de conexión una vez que el solicitante presente el
certificado de libre deuda que a tales efectos emitirá la Municipalidad de Rivadavia.
Artículo 6o: Comuníquese al Departamento Ejecutivo e insértese en el Libro de
Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo
Deliberante de Rivadavia Mendoza, a los 16 días del mes de mayo de 2023.
ILIANA ROQUE HERNÁN AMAT
SECRETARIA H.C. D PRESIDENTE H.C.D
Cpde.Expte. No2023-00110-6 H.C.D
Cpde. Expte. No2023-06615-8 D.E