ORDENANZA N° 5159-23

VISTO:
El Expediente No2023-00142-9 HCD, caratulado Bloque UCR- Frente Cambia
Mendoza, concejal Abate presenta Proyecto de Ordenanza: Coordinar acciones que
promuevan “hábitos saludables” en los empleados municipales, y
CONSIDERANDO:
La necesidad de crear una estrategia municipal integral para la prevención y
promoción de la salud de los empleados municipales, que se traduzca en un beneficio
personal (“personas sanas”) e impacte positivamente en la productividad del municipio.
Que, existe una marcada tendencia mundial a implementar ambientes laborales
saludables. La Organización Mundial de la Salud, propone que un entorno laboral saludable
es aquel donde todos trabajan unidos para alcanzar una visión conjunta de salud y bienestar
para los trabajadores y la comunidad.
Que, la OMS ha tenido una fuerte influencia en esta temática debido a que
incorporó la Estrategia Mundial sobre Régimen Alimentario, Actividad Física y Salud, que
busca promover la conciencia sobre la influencia del régimen alimentario y de la actividad
física en la salud y fomentar el establecimiento, el fortalecimiento y la aplicación de
políticas y planes de acción.
Que resulta necesario modificar los factores que determinan y condicionan
negativamente la situación de salud de la población y desarrollar aquellos que inciden en
ella positivamente.
Que, la iniciativa de Municipios saludables es una de las estrategias que permite
instalar la cultura de la “calidad de vida” por la que lucha la promoción de la salud. Se trata
a la vez de un movimiento para involucrar a las autoridades gubernamentales, técnicas y a
los ciudadanos en general, en acciones específicas de promoción de la salud y del ambiente,
resaltando la función gubernamental, la participación social y la responsabilidad en la
búsqueda de las condiciones idóneas para una vida sana.
Que, la idea fundamental es incorporar la salud en la agenda del gobierno local y
que pueda ser trabajada desde la mirada intersectorial, para impulsar la formulación e
implementación a nivel municipal de políticas públicas saludables y la creación de una
estructura mínima que garantice la continuidad y facilite el gerenciamiento de los
proyectos, de los equipos de trabajo, la participación de la comunidad municipal y la
capacidad de los mismos para promover ambientes y estilos de vida saludables.
Que, implementar ambientes libres de humo y fomentar la realización de actividad
física y la alimentación saludable tiene innumerables beneficios; entre ellos contribuir a
disminuir los factores de riesgo de enfermedades no transmisibles en los trabajadores como
lo son las enfermedades cardiovasculares, pulmonares, hipertensión arterial, diabetes,
obesidad, entre otras; y mejorar el funcionamiento corporal, la fuerza muscular y la
movilidad articular.
Los objetivos de este programa serán:

• Conocer el estado nutricional, hábitos alimentarios, actividad física y
consumo de tabaco de los empleados municipales.
• Concientizar a los empleados municipales sobre la importancia de mantener
un estado nutricional saludable.
• Motivar la realización de actividad física regular y pausas activas en el lugar
de trabajo.
• Motivar el consumo de fruta y agua en el lugar de trabajo.
• Promover la cesación tabáquica en los fumadores.
• Contribuir a disminuir los factores de riesgo de enfermedades no
transmisibles en los trabajadores
• Vincular y derivar con los programas vigentes en estas temáticas con que
cuente la obra social.

POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1°: Crear un Programa local para Contribuir a la mejora de hábitos alimentarios y
de sedentarismo en el personal municipal de Rivadavia.
Artículo 2°: Realizar un diagnóstico de situación, por parte de un equipo profesional, que
nos otorgue información actualizada, la evaluación nutricional mediante antropometría
(medición de peso, talla, circunferencia de cintura y cuello) permitirá conocer estado
nutricional de la totalidad de los trabajadores y poder diagramar una intervención
nutricional adaptada propia del municipio y /o vinculación con programas existentes en la
obra social en caso de ser necesario.
Artículo 3°: Serán objetivos del programa:

a) Conocer el estado nutricional, hábitos alimentarios, actividad física y
consumo de tabaco u otras adicciones de los empleados municipales.
b) Concientizar a los empleados municipales sobre la importancia de
mantener un estado nutricional saludable.
c)Motivar la realización de actividad física regular y pausas activas en el
lugar de trabajo.
d)Motivar el consumo de fruta y agua en el lugar de trabajo.
e) Promover la cesación tabáquica en los fumadores.
f) Contribuir a disminuir los factores de riesgo de enfermedades no
transmisibles en los trabajadores

Artículo 4o: Se llevarán a cabo actividades grupales en formato de talleres para la
realización de educación nutricional, herramienta fundamental en la incorporación de
buenos hábitos. También talleres de actividad física grupal como caminatas, utilizando los
recursos de que dispone el Municipio.
Artículo 5°: Implementar de manera paulatina la incorporación de desayuno que se provea
en horario laboral, siendo alguna de las alternativas: infusiones con edulcorante, fruta
fresca, mix de frutos secos, barra de cereal, tutucas, tostadas con mermelada light.
Artículo 6o: Se presentará de forma semestral informe de la situación nutricional del
personal y los avances del programa.
Artículo 7o: El departamento ejecutivo deberá reglamentar la forma en que se llevará
adelante dicha norma.
Artículo 8o: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro
de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo
Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 13 días del mes de junio de 2023.

ILIANA ROQUE.                       HERNAN AMAT.
SECRETARIA H. C.D.                PRESIDENTE H. C. D.

Cpde. Expte. N.o 2023-00142-9 H.C.D.

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