ORDENANZA Nº 5085-22

VISTO:
El Expediente 2022-00025-7 H.C.D., Expte. Municipal N° 2021-19878-9
caratulado: Directora de Recursos y Finanzas Públicas, solicita listado Padrones p/ Aforo
según Ordenanza Nº 4972/20, y
CONSIDERANDO:
La Ordenanza Nº 5051/21, mediante la cual se aprueba “Ordenanza sobre
Reembolso Obra Red de Gas Natural Ciudad y Los Campamentos”.
Que de acuerdo a lo normado en el artículo 2º de la Ordenanza Nº 5051/21 se
determina el valor del reembolso por parte de los vecinos beneficiarios de la obre de Red de
Gas Natural en la suma de 2400 UTM equivalente al día de la aprobación en ($ 24.000).
Que el val de la UTM a partir del 21 de febrero del corriente año pasa de $8,5 a $
11,5 cada una.
Que por demoras en el inicio de la obra de la empresa Ecogas, sugiere la Dirección
de Obras Públicas extender el plazo de cobro de reembolso el cual consta en fs. 8 del
expediente 2021-19878-9.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus
facultades:
ORDENA
Artículo Nº1: Congelamiento valor UTM de la Ordenanza Nº 5051/21, el cual quedará
redactado de la siguiente manera: Artículo 1º: “Determinar el valor del reembolso por parte
de los vecinos beneficiarios de la obra de Red de Gas Natural Distrito Ciudad y Los
Campamentos en la suma de 2400 UTM. Fíjese un valor de pesos veinte mil cuatrocientos
($20.400) hasta el 30 de abril de 2022 pudiendo prorrogarse este congelamiento hasta 30
días más a decisión del Poder Ejecutivo.
Artículo Nº2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el
Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo
Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 12 día del mes de abril de 2022

 

MARÍA INÉS DALLAGO                        MAURICIO DI CÉSARE
SECRETARIA H. C .D.                            PRESIDENTE H. C. D.

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