ORDENANZA Nº 5095-22

VISTO:
El Expediente Nº 2021-19863-1, D. E., Expte. Nº 2022-00110-7 H.C.D. caratulado:
“COOP. MARCIAL PEREZ LIMITADA LOTEO VISTANDES – Solicita Compensación
de dif. De espacio” en el que a fojas 1 los representantes de la Cooperativa Marcial Pérez
Ltda. solicitan la compensación del resto de espacio de equipamiento a donar a la
Municipalidad de Rivadavia, con una superficie de 4.501,21 m2, los cuales ya fueron
donados e inscriptos a favor de la Municipalidad de Rivadavia, una superficie de mil
metros cuadrados con veintiún decímetro cuadrado (1.001,21 m2) y el resto de superficie
correspondiente a tres mil quinientos metros cuadrados (3500,00 m2), serán compensados
con obras de construcción de un SUM y las obras realizadas en el espacio donado por la
entidad con anterioridad, dicha compensación será de acuerdo a lo que se establece en el
Art. 9 de la Ordenanza Nº 4841/17, y
CONSIDERANDO:
Que en la Propiedad donada e inscripta a la Municipalidad de Rivadavia se
desarrolla una plaza con pista de salud, juegos de niños y aparatos de ejercicios, pérgolas,
etc.
Que las obras a construir se elevan a un monto de pesos siete millones ciento treinta
y siete mil quinientos ochenta y siete pesos con once centavos ($7.137.587,11) y el valor de
los tres mil quinientos metros cuadrados (3500,00 m2) que restaban para completar la
donación del espacio de equipamiento se eleva a un monto de pesos cinco millones
trescientos cincuenta y cinco mil con cero centavos ($ 5.355.000,00).
Que se deberá suscribir un convenio con la empresa constructora, donde se
determinen los plazos de construcción en un plazo de mayor a 720 días, a partir de la firma
y aceptación del mencionado convenio.
Que la donación compensará en un todo lo solicitado a la entidad Cooperativa
Marcial Pérez Ltda. en el Art. 9 de la Ordenanza de Ph Espaciales Nº 4841/17 y dicha
donación reemplazará la superficie a donar calculada como se establece en el Art. 26 de la
Ley 4341/79.
Que se adjunta toda la documentación solicitada por Asesoría Letrada y la Oficina
de Catastro, donde se establece su necesidad de donar.
Que la urbanización faltante de media caña, badenes, perfilados y enripiado de
calles, confección del desagüe del emprendimiento hasta su vuelco, puentes de acceso
vehicular y para discapacitados, construcción del Portal de Ingreso, arbolado público y
canastos de residuos o puntos verdes con su recolección de residuos o puntos verdes con su
recolección de residuos pertinentes, estará a cargo del titular o futuros adquirientes de los
terrenos como se establece en la Ordenanza Municipal Nº 4841/17.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo Nº1: Acéptese la donación con cargo realizado por COOPERATIVA MARCIAL
PEREZ Ltda. CUIT.: 33-67206447-9, en representación por el Sr. Marcelo Ariel Villegas,
D.N.I Nº 25.245.241 y ante expediente se presentan como representantes de la entidad
Lizarraga Ariel D.N.I. Nº 25.589.156 y Parisi Javier D,N,I, Nº 20.551.755, determinada por
la construcción de una plaza con pista de salud, juegos para niños, pérgolas y aparatos de
ejercicios, estos deberán cumplir en un todo con las normas IRAN 3655, 3583 y las UNE
1176 y 1177 en tanto calidad como construcción y deberá presentar certificado IRAM ISO
9001.
La mencionada plaza con sus implementos será construida en la propiedad donada e
inscripta a la Municipalidad de Rivadavia de Rivadavia ubicada en calle Falucho s/nº
individualizada como Fracción II del Plano de Mensura visado por la Dirección General de
Catastro bajo el Nº 10/17597, con Nom Cat.: 10-01-07-0011-000001-0000-5, Padrón de
Rentas Nº 10/20385-9, con una Superficie según Mensura y Título de 1001,21 m2 con

Folio Real Matricula Nº 347582/10, Asiento A-2. Fecha de Escrituración 06/09/2010,
Fecha de Inscripción 08/09/2010.
Artículo Nº2: Suscribir un convenio con la empresa constructora, donde se determinen los
plazos de construcción en un plazo no mayor a 720 días, a partir de la firma y aceptación de
mencionado convenio.
Artículo Nº3: Por Departamento Ejecutivo se deberán realizar los actos útiles y necesarios
ante el Registro de la Propiedad para su inscripción a nombre de la Municipalidad de
Rivadavia
Artículo Nº4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el
Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo
Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 21 días de junio de 2022.

 

ILIANA ROQUE                             DR. HERNÁN AMAT
SECRETARIA H.C.D.                       PRESIDENTE H.C.D.

Compartir publicación: