VISTO:
El Expediente Nº 2021-00091-9, caratulado Bloque Frente de todos- PJ, Concejal
Juan Manuel Villalba presenta proyecto de Ordenanza: “Adhesión a la Ley Nacional Nº
27506 y Ley Provincial N.º 9266 del régimen de promoción de economía del conocimiento,
y
CONSIDERANDO:
La Ley Nacional Nº 27506 de Régimen de Promoción de la Economía del Conocimiento y
su adhesión por parte de la Provincia de Mendoza mediante la Ley Nº 9266.
Que, se entiende por Economía del Conocimiento al conjunto de actividades económicas
que requieren un intensivo aporte del conocimiento humano para generar valor y ofrecer a
la sociedad nuevos productos y servicios, que pueden ser aprovechados por todas las ramas
de la producción.
Que, el régimen nacional aprobado promueve beneficios fiscales para quienes deseen
impulsar y expandir actividades productivas vinculadas al desarrollo de software,
producción o postproducción audiovisual, biotecnología, servicios geológicos y de
prospección, servicios relacionados con la electrónica y las comunicaciones, servicios
profesionales, nanotecnología y nanociencia, industria aeroespacial y satelital, tecnologías
espaciales, ingeniería nuclear o soluciones 4.0.
Que, las últimas modificaciones a la Ley Nacional apuntan directo a favorecer a pymes,
asociaciones, cooperativas y otras instituciones que realicen actividades de economía del
conocimiento.
Que, todas aquellas personas o empresas cuyas actividades se enmarquen en esta ley
pueden obtener un bono mensual para pagar impuestos nacionales, un descuento de hasta el
60% a las Ganancias y reducir a cero los derechos de exportación de servicios.
Que, se podrá acceder a un bono para pagar impuestos nacionales, correspondiente al 70%
de las contribuciones patronales sobre el personal dedicado a las actividades promovidas.
Que, la norma prevé la discriminación positiva, aumentando los beneficios para quienes
contraten: mujeres y disidencias; personas con posgrado en ingeniería, ciencias exactas y
naturales; personas con discapacidad; residentes de zonas desfavorables o de menor
desarrollo relativo; beneficiarios de planes sociales.
Que, la matriz productiva del departamento de Rivadavia requiere su diversificación y
desarrollo con actividades que agreguen valor y generen empleo de calidad.
Que, la actividad requiere de la necesaria articulación e integración del sistema productivo
con el sistema educativo.
Que, el impulso de políticas públicas específicas al respecto abre la oportunidad para el
desarrollo de inversiones y el arraigo local.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo Nº1: “Adhiérase a la Ley Nacional Nº 27506 de Régimen de Promoción de
Economía del Conocimiento”.
Artículo Nº2: La autoridad de aplicación será la Subdirección de Desarrollo Económico o
el área que la reemplace en un futuro.
Artículo Nº3: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Artículo Nº4: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el
Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo
Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 07 días del mes de junio de 2022.
ILIANA ROQUE DR. HERNÁN AMAT
SECRETARIA H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.