
RESOLUCÍON Nº 35
VISTO:
El Expediente Nº2008-00350-7, caratulado Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, remite Resolución Nº2.476/08, referido reglamentar una nueva Ley de Coparticipación, y
CONSIDERANDO:
Que, atento a la necesidad de que entre Nación y Provincias realicen un replanteo serio y profundo de los fondos coparticipables, ajustándose al acuerdo entre Nación-Provincias, llevado a cabo en el año 1988, donde se convino que la distribución destinada a los estados federales sería no menos del 35% del total de los recursos y que en la actualidad solamente se distribuye a las provincias el 28%.
Que, no escapa que la distribución equitativa de estos recursos son la clave del federalismo, esto es, que no hay federalismo político sin federalismo fiscal, toda vez, que si no existe la intención de un nuevo modelo de coparticipación impositiva que viene postegándose desde 1994, donde el Congreso Nacional hace uso indiscriminado de estos mecanismos de distribución, otorgando superpoderes al Ejecutivo y votando presupuestos nacionales enviados por el Ejecutivo, consolidando el esquema regresivo de distribución de los recursos nacionales coparticipables, este hecho no hace más que perpetrar la destrucción del federalismo fiscal, por ende no cabe duda que las provincias son las perjudicadas, así, como los municipios que dependen de esta distribución inequitativa un claro ejemplo de ello es nuestra provincia de Mendoza, que recibe tan sólo el 4,11% del total coparticipable, siendo este valor el segundo más bajo de la nación, despues de Buenos Aires, perdiendo Mendoza mil millones con la actual Ley de Coparticipación.
Que, el requerimiento de una nueva Ley de Coparticipación, debe incluir todos los recursos excepto aquellos de seguridad social, máxime teniendo en cuenta que a partir de la reforma de Constitución de 1994, donde se estableció que se debía dictar una Ley de Coparticipación antes de finalizar el año 1996, hecho que hasta la actualidad no se ha visto cristalizado existiendo el incumplimiento a nuestra constitución. Asimismo, en el artículo 75º, inc. 2 de la Constitución Nacional, establece que estos recursos deben realizarse equitativa y solidariamente entre Nación –Provincias.
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
RESUELVE
Artículo 1º: El Concejo Deliberante de Rivadavia, provincia de Mendoza, adhiere a la Resolución Nº2.47608, emanada del Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, por la que se solicita a las Cámaras de Diputados y Senadores de la Nación, realicen todas las acciones necesarias para que se dicte una Ley de Coparticipación Nacional, que respete los principios del federalismo y la equitativa y justa distribución de los impuestos a las provincias, conforme lo dispuesto por el Artículo 75º, inc. 2 de la Constitución Nacional.
Artículo 2º: Remitir copia de la presente pieza legal, a todos los Legisladores Nacionales de la Provincia de Mendoza a tal fin.
Artículo 3º: Remitir copia de la presente pieza legal a ambas Cámaras Legislativas de la provincia de Mendoza, a los efectos de que realicen los estudios necesarios tendiente a la elaboración de una Ley de Coparticipación Provincial, que contengan los criterios de igualdad y justa distribución de los impuestos provinciales con los Municipios.
Artículo 4º: Remitir copia de la presentre pieza legal al Honorable Concejo Deliberante de General Alvear, para su conocimiento y efectos.
Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Resoluciones de este cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 25 días del mes de noviembre de 2008.
| ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ | ENRIQUE LEÓN |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTE C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2008-00350-7 C.D.