Ordenanza 3987-2002

ORDENANZA N° 3.987

VISTO
Las actuaciones del Expediente N°2001-00507-9-V, caratulado Vecinos del Barrio Madreselvas, Los Árboles, la denominación de calles que están sin nombre y su acumulado N°2001744-8-U “Unión Vecinal de Servicios Públicos Los Arboles, al no poder nominar la calle con el nombre de Padre Viotto, proponen el nombre de Juan Gilbert, y

CONSIDERANDO
Que los vecinos del Barrio Las Madreselvas, del Distrito Los Árboles, solicitan el tratamiento y resolución de la denominación de las calles de su barrio con los nombres de Franco A. Viotto, Aurelio Di Cesare, Virgen de Lourdes y  Juan Rodolfo Arboit respectivamente, sin tener conocimiento que el Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia sancionó el 22 de setiembre de 1995 la Ordenanza N°3325, donde denominó las calles del barrio mencionado con los nombres de French, Berutti, Patricias Mendocinas y Blas Parera respectivamente.
Que mediante expediente N°2001-00507-9-V, los vecinos del Barrio Las Madreselvas al ser informados por los miembros del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia de la prohibición de denominar dos calles de Distritos vecinos con el mismo nombre, en una consulta efectuada entre los mismos proponen que se denomine como Juan Gilbert para reemplazar el nombre de Padre Franco Adriano Viotto.
Que la modificación en los nombres de las calles requiere ser aprobado por Ley de la Honorable Legislatura de Mendoza, según lo establecido en el artículo 78 párrafo 2° de la Ley pertinente.

POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades

ORDENA

Artículo 1°: Deróguese en todas sus partes la Ordenanza N°3.325/95, sancionada por este Honorable Concejo Deliberante el día 22 de setiembre de 1995.

Artículo 2°: Nomínase las calles del Barrio Las Madreselvas actualmente con el nombre de:
Calle N°I French como Aurelio Di Césare
Calle N°II  Berutti como Juan Rodolfo Arboit
Calle de servicio Patricias Mendocinas como Virgen de Lourdes
Calle Circunvalación Sud Blas Parera como Juan Gilbert

Artículo 3°: Remítase a la Honorable Legislatura Provincial la presente Ordenanza, para su aprobación.

Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia(Mza.), a los 18 días del mes de junio de 2002.

JULIO CESAR GOMEZ FLORINDA SEOANE
A/C SECRETARIA H.C.D. PRESIDENTA H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2001-00507-9 H.C.D.
Acumulado N° 2001-00744-8 H.C.D.

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