
ORDENANZA Nº 4890
VISTO:
La solicitud efectuada por los vecinos del Barrio Atamiski II, de esta Ciudad, respecto de que le sean impuesto nombres a las calles de su comunidad que aún figuran con número, y
CONSIDERANDO:
Que dicha petición se ajusta a lo normado por la Resolución Nº 15/96 de este Honorable Concejo Deliberante.
Que las arterias de esa comunidad aún figuran con número, hecho que se presta a poca claridad urbanística. Así mismo, es importante tener en cuenta las inquietudes de los vecinos que de una u otra manera se manifiestan a favor de los nombres que reemplazarían los números de las calles que figuran en el plano original de su Barrio. Esto es así, desde el momento en que plantearon la posibilidad de que a través de una Ordenanza esas arterias cobraran un nombre que las identifique ante las instituciones públicas, de servicios o de otra naturaleza, y se evite cualquier tipo de confusión que pueda perjudicar al vecino.
Según lo manifestado en dicha solicitud, los nombres propuestos son los siguientes:
Calle Nº 2: Esperanza.
Calle Nº 3: Grandeza.
Calle Nº 7: Providencia.
Calle S/Nombre: Fortaleza.
Cabe asignar que los nombres propuestos apuntan claramente a conceptos humanos universales y trascendentes, a saber: Esperanza es una de las virtudes morales que empuja al hombre a tener confianza en alcanzar sus objetivos de vida. Grandeza es una forma de definir a una persona que es admirable por sus acciones y gestos; es aquella que a través de sus palabras siembra esperanza, paz y fe en sus semejantes y que dejan huellas imborrables en su paso por la vida. Providencia es la virtud que mueve a la persona que se dispone a actuar de manera anticipada o que puede alcanzar, con prudencia, una cierta meta. Fortaleza es otra de las virtudes humanas que se basa en derrotar al temor y huir de la temeridad; es la fuerza de ánimo que se impone frente a las adversidades de la vida.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Nominase a las calles del Barrio Atamiski II, de esta Ciudad, de la siguiente manera (y según el plano adjunto); Calle Nº 2: Esperanza; Calle Nº 3: Grandeza; Calle Nº 7: Providencia y Calle S/Nombre: Fortaleza.
Artículo 2º: Notificar de los dispuesto en la presente Norma a las siguientes reparticiones públicas y privadas de nuestro Departamento: ANSES, Correo Argentino, Agencia Tributaria Mendoza, Aguas Mendocinas, Cooperativa Eléctrica y Anexos Popular de Rivadavia Ltda., y Bancos Credicoop. Francés y Nación, y a los vecinos del citado Barrio.
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 13 días del mes de marzo de 2018.
| Lic. BRUNO AMBROSINI | LUCIO GUTIERREZ |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2018-00025-3 H.C.D.