
VISTO:
El Expediente Nº 2020-00158-8, caratulado Bloque A. y M. Peronista, Concejales Garrido- Campos, presentan proyecto de Declaración, solicitar al Sr. Intendente Municipal, el cumplimiento de la Ordenanza Nº 3.876 y su modificatoria Ordenanza Nº 4.743, y
CONSIDERANDO:
La real situación de inseguridad social existente en nuestro Departamento en los últimos meses.
Que mediante la Ordenanza Nº 3.876 se adhiere en todos sus términos a lo establecido por la Ley Provincial Nº 6.721 que sanciona el sistema Provincial de Seguridad Pública de la Provincia de Mendoza.
Que la Ordenanza 4.386/08 constituye el Consejo de Seguridad Departamental, de conformidad a la adhesión a la Ley Nº 6.721, efectuado por la Ordenanza Nº 3.876; y su modificación mediante la Ordenanza Nº 4.743.
Que las mencionadas Ordenanzas no se vienen cumpliendo, agravando el estado de inseguridad de los ciudadanos.
Que la seguridad requiere de la colaboración de todos los sectores de la sociedad en la búsqueda de estrategias diversas para acordar y llevar a cabo nuevas políticas de prevención del delito en todas sus manifestaciones.
Que la inseguridad es un problema que va presentando nuevas características y otras complejidades y debemos crear politicas a partir de nuevos paradigmas que respondan a los valores de una sociedad democrática.
Que los actos de delincuencia que se vienen dendo en el Departamento son cada vez más constantes, llevando a cabo el uso de la fuerza y armas de fuego por parte de los mal vivientes.
Que ante los hechos de inseguridad dados en el Departamento, se han convertido en un constante reclamo por parte de los vecinos de Rivadavia que exigen poder vivir en condiciones de seguridad llevando adelante una vidad sin peligro.
Que como representante de un pueblo, debemos dar solucion a los reclamos de los habitantes del Departamento, que exigen mejoras en las condiciones de vida con respecto a la seguridad.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
DECLARA:
Artículo 1º: Solicitar al Ejecutivo Municipal, el inmediato cumplimiento de la Ordenanza Nº 3.876 y su modificatoria Ordenanza 4.743.
Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones, “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 04 días del mes de agosto de 2020.
MARÍA INÉS DALLAGO MAURICIO DI CÉSARE
SECRETARIA H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.
Cpde. Expte. Nº 2020-00158-8 H.C.D.
