
ORDENANZA Nº 4.058
VISTO:
Las actuaciones del Expediente Municipal N° 2002-02886-4 caratulado: «Secretaría de Obras y Servicios Públicos , Declarar utilidad pública obra B° San Isidro I», y
CONSIDERANDO:
Que, el objeto de este Convenio es la de Declarar de utilidad pública la ejecución de cordón banquina en el B° San Isidro I.
Que la Ley 1079, art. 75, inc 5 faculta al Honorable Concejo Deliberante a determinar obras públicas y su ejecución por sistema de reembolso.
Que resulta necesario que el Honorable Concejo Deliberante ratifique este Convenio.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1°: Ratifícase el Convenio celebrado entre la Municipalidad de Rivadavia con la Unión Vecinal Barrio San Isidro I, que obra agregado a fs. 3 del Expediente Municipal N° 2002-02886-4S, caratulado «SECRETARÍA DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS / DECLARAR UTILIDAD PÚBLICA OBRA B° SAN ISIDRO I».
Artículo 2°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a determinar el valor de la obra para cada propiedad particular y gestionar su cobro.
Artículo 3°: Autorizase al Departamento Ejecutivo a adoptar el sistema de reembolso para los vecinos que se beneficien con la obra que no aportan materiales.
Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 27 días del mes de noviembre de 2002.
| MARIELA E. ABRAHAM | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIA H.C.D. | PRESIDENTA H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2002-00631-6 H.C.D.
Expte. N° 2002-02886-4 D.E.