
VISTO:
El Expediente Nº 2021-00080-3, Expediente Municipal Nº 2018-18573-2, caratulado Pennacchio Orlando – Donación de Terreno, en el que a fojas 1 y 2 con su firma asienten su voluntad de donar, y
CONSIDERANDO:
Que urbanísticamente la calle Pública es de fundamental importancia para el desarrollo vial de esta ciudad.
Que el ensanche de calle Pública es de fundamental importancia para un mejor acceso a los vecinos del Barrio San Isidro II la donación de calle Urquiza es un rasgo de terreno librado al uso público.
Que la urbanización correspondiente a cordón banquina, perfilado de cunetas hormigonadas, veredas hormigonadas, estaqueado de lotes y perfilado de la calle donada será a cargo del titular donante.
Que el cargo solicitado por el titular es el cierre de rejas con caño tubing de tres pulgadas y tres metros de largo.
Que el valor del terreno supera ampliamente el costo del cargo solicitado.
Que en fojas 10 se adjunta el plano de mensura aprobado por la Dirección Provincial de Catastro bajo en Nº 10/17495 donde se determinan las superficies a donar con sus medidas correspondientes.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo Nº1: Acéptese la donación con cargo realizado por el Sr. Orlando Sebastián Pennacchio L. E Nº: 7.804.827, los rasgos de terreno afectados a ensanche de calle Pública con una superficie de 1153, 35 m2; ubicados en la fracción denominada como Fracción V, Nom. Cat.: 10-01-03-0145-000011-0000-5 Padrón de Rentas Nº: 10/20275-2, Padrón Municipal Nº: 10411 según plano de mensura Nº 10/17495 aprobado bajo la Dirección Provincial de Catastro, con inscripción de dominio Folio Real, Matricula Nº 374109/10, Asiento A-1 de Rivadavia, Mendoza con fecha de inscripción 24/08/2012 y de escrituración 19/07/2012.
Artículo Nº2: Que la urbanización corresponde a cordón banquina, perfilado de cunetas hormigonadas, veredas hormigonadas, estaqueado de lotes y perfilado de la calle donada será a cargo del titular donante.
Artículo Nº3: Que la Municipalidad de Rivadavia entregará caños tubing de tres pulgadas (3.00 inch) y tres metros (3.00 m) de largo, para la futura construcción del cierre perimetral a cargo del titular donante.
Artículo Nº4: Por Departamento Ejecutivo se deberá realizar los actos útiles y necesarios ante el Registro de la Propiedad para su inscripción a nombre de la Municipalidad de Rivadavia.
Artículo Nº5: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 20 días del mes de abril de 2021.
MARÍA INÉS DALLAGO MAURICIO DI CÉSARE
SECRETARIA H. C .D. PRESIDENTE H. C. D.
