
ORDENANZA N° 3.997
VISTO
Las actuaciones del expediente Municipal N°2001-06057-9-H, caratulado «Hijos de Eduardo Llaver S.A/ ofrece donación rasgo de terreno» y
CONSIDERANDO
Que consecuente con la donación efectuada y habiendo la parte interesada adjuntado al expediente la Escritura de Dominio Certificada y la fotocopia de la inscripción del dominio del Registro de la Propiedad, donde se puede constatar que no existen embargos ni hipotecas sobre el inmueble a donar, requiriendo a cambio de la donación la cancelación de la deuda municipal hasta el 31/12/02 del Padrón 2.583/A.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1°: Acéptase la donación realizada por Bodega Llaver S.A., entidad constituida bajo el Legajo N° 6.062, fs 1 del Registro Público de Sociedades Anónimas, Mendoza, con fecha 05/09/01, con domicilio en calle Lavalle N°858, Rivadavia, Mendoza, representada por el Presidente del Directorio Señor Eduardo Felix Llaver, L.E. 6.887.765, a la Municipalidad de Rivadavia, el rasgo de terreno destinado a ensanche de calle San Isidro Sur, constante de una superficie según mensura de 422,31 m2 y según título de 452,26 m2, plano de mensura archivado en la Dirección Provincial de Catastro bajo el N° 12.463 de Rivadavia, inscripto en el Registro de la Propiedad Raíz Folio, Matrícula N° 157.804/10-Asiento A-2 de Rivadavia, fecha 05/11/01, Padrón de Rentas N°2.952/10, Padrón Municipal N°2.583-A con derecho de riego definitivo, para 3.134 m2, Padrón Parcial 18, Padrón General 110.936, Plano 5323-R, Código de Cauce 2444, con los siguientes límites: NORTE: en 4,92 m con Alicia Martínez, SUR: en 8,92 m con Bodega Llaver S.A. ESTE: en 13,37 m y 42,03 m con Bodega Llaver S.A. y OESTE: en 57,91 m, con calle San Isidro Sur.
Artículo 2º: Condónese la deuda del Padrón Municipal N° 2.583/A hasta el 31/12/2002.
Artículo 3º: Notifíquese a la Dirección Provincial de Catastro, Departamento General de Irrigación, Obras Sanitarias Mendoza S.A. y a las siguientes Áreas de la Municipalidad de Rivadavia: Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Asesoría Letrada y Apremios, Tasas Municipales.
Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia (Mza.), a los 30 días del mes de Julio de 2002.
| MARIELA E. ABRAHAM | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIA H.C.D. | PRESIDENTA H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2002-00334-7 H.C.D.