Ordenanza 4108-2003

ORDENANZA N° 4.108

VISTO
El Expediente Municipal N°2003-09048-0 por el cual la Oficina de Apremios, eleva Proyecto de Ordenanza, y

CONSIDERANDO
Que el citado Proyecto es a los efectos de prorrogar los alcances de la Ordenanza N° 3998, la cual establece el pago de deudas por todo concepto, con productos, insumos y /o servicios.
Que la Ordenanza N° 3998 ha constituido una ventajosa herramienta de gestión, brindando una facilidad en el pago a los contribuyentes Municipales, como asimismo, una mejora en la recaudación de ingresos de origen municipal.

POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1°:  Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal, a recibir de los contribuyentes deudores por todo concepto, las deudas contraídas con el Municipio hasta el 31 de diciembre del año 2002, todo producto, servicios y/o insumo y a precios vigentes en plaza, en concepto de pago de obligaciones adeudadas con el Municipio, que no se encuentre en ninguna moratoria municipal previa, sin perjuicio de las arcas municipales.

Artículo 2°: Para acogerse al beneficio autorizado en el artículo anterior , el contribuyente deudor deberá mantener canceladas sus obligaciones con el municipio para el año 2003, y tendrá un plazo de duración de un año a partir de la fecha en que caducó la Ordenanza N°3.998/02.

Artículo 3°: El Departamento Ejecutivo Municipal, deberá instrumentar los mecanismos y aplicación de procedimientos que cumplan con los requisitos establecidos en los Artículos 28° y 29° de la Ley 3.799.

Artículo 4°: Las compensaciones de aquellas deudas que se encuentren en trámites de apremio judicial, deberán ser aprobadas por este Honorable Concejo Deliberante.

Artículo 5°: El Departamento Ejecutivo, deberá informar mensualmente a través de la Oficina de Compras y Suministros al Honorable Concejo Deliberante, de los alcances de la citada norma, a los efectos de su correcto seguimiento.

Artículo 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia (Mza.), al 17 de setiembre de 2003.

MARCELO ARBOLEDA MIRIAM GONZALEZ
SECRETARIO H.C.D. VICE  PRESIDENTE 1° H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2003-00392-4-O H.C.D.
N° 2003-09048-3-O D.E.

Compartir publicación: