Ordenanza 4345-2008

ORDENANZA Nº 4.345

VISTO
La Ordenanza Nº 4.344, mediante la que el Concejo Deliberante de Rivadavia autorizó al Departamento Ejecutivo a suscribir un convenio con la Fundación CONUTRIM, y

CONSIDERANDO
Que el mencionado convenio tiene por objeto ceder en carácter de comodato a la mencionada Institución y por el término de veinte (20) años con derecho a renovación,   el terreno ubicado en calle Perito Moreno, casi esquina Lavalle.
Que la Fundación CONUTRIM ha gestionado un subsidio con destino a la construcción de su cede social, habiéndose observado el plazo de uso del terreno dispuesto por Ordenanza Nº 4.344.
Que a los efectos de concluir con la gestión que permita obtener esos fondos se hace necesario ampliar el plazo establecido para la concesión a cincuenta años.

POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1º: Modifícase la Ordenanza Nº 4.344, en su Artículo 1º, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a suscribir con la Fundación CONUTRIM, de la Red CONIN, Mendoza, y por el término de cincuenta (50) años con derecho a renovación,  un convenio de comodato o uso gratuito del terreno ubicado en calle Perito Moreno, casi esquina Lavalle, constante de una superficie de terreno de 226,95 m2, colindante al Este con el Radio Club 18 de Abril,  identificado con nomenclatura Catastral Nº 10-01-03-0016-000004.

Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 20 días del mes de febrero de 2008.

JAVIER RODRIGUEZ ENRIQUE LEON
SECRETARIO C.D. PRESIDENTE C.D.

Cpde. Expte. Nº 2008-00085-9 C.D.

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