
ORDENANZA Nº 4.370
VISTO
El Expediente Nº 2008-00320-0, caratulado Bloque Frente para la Victoria – Concejal Montes, presenta proyecto de Ordenanza, referido a la modificación del Artículo 1º de la Ordenanza Nº 3.356-95, y
CONSIDERANDO
Que en la actualidad no está en funcionamiento este servicio informativo hacia la comunidad, que es de mucha utilidad.
Que modificando el Artículo 1º de la Ordenanza 3.356-95, se permitiría que cualquier Entidad Intermedia que cumpla con las reglamentaciones correspondientes pueda cumplir con la prestación de este servicio.
POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Modifícase el Artículo 1º, de la Ordenanza Nº 32.356-95, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Artículo 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo a otorgar permiso a una Entidad Intermedia del departamento de Rivadavia, debidamente constituída, que cumpla todos los requisitos legales, para la instalación y explotación de una propaladora radiofónica, sin fines de lucro, en las siguientes arterias comerciales: Aristóbulo del Valle, desde Liniers hasta San Isidro; y en toda la extención comercial de las calles San Isidro y Lavalle.
Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones, Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 24 días del mes de junio de 2008.
| JAVIER RODRIGUEZ | ENRIQUE LEON |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTE C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2008-00320-0 C.D.