Ordenanza 4424-2009

ORDENANZA Nº4.424

VISTO
El Expediente Municipal Nº2009-04832-9, caratulado Director de Hacienda, eleva proyecto de Ordenanza referido adhesión a la Ley Nº8.028, y

CONSIDERANDO
Que, por Decreto Nº206/09 de ncesidad y urgencia, muestra acabada de la discrecionalidad con que actúa nuestra primera mandataria, la Presidenta Cristina Fernández, decidió Formar el Fondo Solidario Federal, con las retenciones a la soja.
Que, sin duda que esta decisión, extrema el conflicto con el campo, haciendo partícipe de la confrontación a las provincias y a los municipios, necesitados de recursos para su normal desenvolvimiento.
Que, en el panorama nacional se da una situación que inquieta a la sociedad, y es la discusión entre gobierno y sector agropecuario, por las retenciones, tema que debe estar comprendido en un proyecto nacional de desarrollo que contemple una política agropecuaria, como dice Horacio Giberti especialista en temas del agro, quien  expresa que las retenciones son necesarias en este momento, y que si éstas son justas, se puede discutir un porcentaje.
Que, los gobernantes, economistas y el ciudadano común, opinan que la señora Presidenta pudo repartir recursos provenientes de otros impuestos tal como sería si ampliara la participación con lo obtenido con el impuesto al cheque, o bien coparticipando el IVA, por nombrar algunos y así evitar la dificil  situación que nos involucra.
Que, es necesario resolver la verdadera discusión por  la distribución de los recursos, donde se incluyan los del puerto y los otros, como opina Gabriel Bustos Herrera, en nota especial para Diario Los Andes, restableciendo el federalismo y las instituciones democráticas. Para ello el Gobierno Nacional debe cumplir con lo dispuesto en el Artículo 75º inc. 2 de la Constitución Nacional.
Estamos frente a esa coparticipación, que nos ofrece hoy, de una forma tan criticable, dado de donde provienen los fondos y tan cercanas las elecciones, pero que es necesaria a las arcas del Municipio ya que el recurso está destinado a obras públicas y a la generación del trabajo.

POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1º: Adherir a la Ley Nº8.028/09, mediante la cual la provincia de Mendoza, adhiere al Decreto Nacional Nº206 de fecha 19 de marzo de 2009.

Artículo 2º: Instar a la señora Presidenta para que de cumplimiento a lo preceptuado por el Artículo 75º inc.2 de la Constitución Nacional.

Artículo 3º: Solicitar a la señora Presidenta  que implemente un programa nacional de desarrollo que comprenda la plinificación de una política agropecuaria.

Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 14 días del mes de abril de 2009.

JAVIER RODRIGUEZ ENRIQUE LEÓN
SECRETARIO C.D. PRESIDENTE C.D.

Cpde. Expte. Nº 2009-00091-6 C.D.
Nº2009-04832-9 D.E.

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