
ORDENANZA Nº4.425
VISTO
El Expediente Nº2009-00069-2, caratulado Bloque Concertación, Concejales LomelliniMejía y Santino, presentan proyecto de Ordenanza referido a determinar la dirección de calle Sanz, y
CONSIDERANDO
El doble sentido de circulación de calle Sanz y su intenso tráfico, que hace necesario tomar medidas que eviten accidentes, proyectando un recorrido racional y fluido en las calles de la Ciudad y un acceso rápido a las salidas del Departamento.
Que calle Sanz, entre Lavalle y Sarmiento tiene doble dirección.
Que ello ocasiona un nudo, provocado por el tránsito de quienes circulan por calle Lavalle y giran hacia el Oeste por Sanz y los que transitan por esta misma vía hacia el Este realizando un codo en Lavalle para retomar Sanz hacia calle San Isidro.
Que la situación se agrava por la concurrencia a los negocios existentes en calle Sanz y sobre Lavalle, frente a aquella.
POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Determínase el sentido de circulación de calle Sanz, de la Ciudad de Rivadavia, de Oeste a Este, en todo su recorrido, permitiendo desde el Oeste el acceso al centro de la Ciudad, quedando las calles paralelas y perpendiculares a la misma con el sentido de circulación actual.
Artículo 2º: El estacionamiento será en dirección de marcha, es decir, costado derecho, de acuerdo a lo normado en el Capítulo VII “Estacionamiento y Seguridad”, Artículo 58º de la Ley Nº 6.082 (Ley de Tránsito y Transporte de la provincia de Mendoza).
Artículo 3º: Derógase el Artículo 1º de la Ordenanza Nº 3.992/02.
Artículo 4º: Solicitar a la Dirección de Vías y Medios de Transporte, la adaptación de las luces del semáforo ubicado en la intersección de calles Sarmiento, Guemes y Sanz, debiendo tenerse en cuenta que calle Sanz tendrá solamente sentido de marcha Oeste-Este.
Artículo 5º: Remítase copia de la presente a la Dirección de Vías y Medios de Transporte de la Provincia, a la Delegación Vial Zona Este y a la Sub Delegación de la Policía Vial de Rivadavia, para su conocimiento y demás efectos.
Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 28 días del mes de abril de 2009.
| JAVIER RODRIGUEZ | ENRIQUE LEÓN |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTE C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2009-00069-2 C.D.