
ORDENANZA N° 4542
VISTO:
El Expediente Municipal Nº 2011-02978-8, caratulado Jefe de Rentas por modificación Ordenanza Tarifaria 2011, y
CONSIDERANDO:
Que el Contador Municipal y Jefe de rentas solicitan la modificación del articulo 17 y la eliminación del articulo 14 bis de la Ordenanza Tarifaria Nº 4541 del año 2011, necesarios paracontinuar con la correcta percepción de ajustes de intereses por mora en Derecho de Cementerio, a fín de adecuar los mismos al resto de los indicesde actualización de deudas que por otros servicios cobra la Municipalidad.
POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Deroguese el artículo 14 bis de la Ordenanza Nº 4541 Tarifaria Año 2011.
Artículo 2º: Modifiquese el artículo 17 de la Ordenanza 4541 Tarifaria Año 2011 que quedará redactado de la siguiente forma: “Todo Derecho de Cementerio que no haya sido cancelado a su vencimiento, se reajustará de acuerdo a lo establecido en el artículo Nº 9 del APARTADO 1- Disposiciones Reglamentarias:”
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 22 días del mes de febrero de 2011.
| JAVIER RODRÍGUEZ | MAURICIO DI CÉSARE |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTE C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2011-00028-4 C.D.
2011-02978-8 D.E.