ORDENANZA N° 5150-23

VISTO:
El Expediente N°2023-00053-8 HCD, caratulado Ediles del Honorable Concejo
Deliberante, presentan Proyecto de Ordenanza: Cambio de sentido de circulación de la calle
Ejército de los Andes, y
CONSIDERANDO:
Los expedientes 2023-00042-1 y 2022-00455-1 donde los vecinos de la calle
“Ejercito de los Andes” solicitan cambio de sentido de la misma.
Que, cercanos a esta zona se encuentran varios establecimientos educativos y
comercios, lo que implica un conflictivo transito ya sea vehicular o a pie.
Que, la calle “Ejercito de los Andes” del departamento de Rivadavia, es doble
sentido de circulación, entre Juan XXIII y Güemes.
Que, el Artículo 79 de la Ley “Orgánica de Municipalidades” en su inc.7o, establece
que es función del Honorable Concejo Deliberante reglamentar el tráfico vehicular en calles
públicas.
Que, la Ley Provincial 9024 de seguridad vial en su artículo 9 establece que los
municipios tendrán a su cargo (punto f) organizar el sistema de estacionamiento de
vehículos en la vía pública.
Que, se adjunta un informe de catastro de la municipalidad de Rivadavia que
confirma que el cambio de sentido de circulación es viable y oportuno.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1°: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal, a realizar el cambio de
sentido de circulación de marcha a la calle Ejército de los Andes, estableciendo como única
dirección el sentido norte-sur, en el tramo comprendido por calle Juan XXIII y Güemes.
Artículo 2°: Establézcase un solo lado de estacionamiento vehicular paralelo al cordón de
la calzada oeste, en el tramo comprendido entre calles Juan XXIII y Güemes.
Artículo 3°: Por la Dirección de Planificación e Infraestructura Urbana, realícense las
obras de señalización correspondientes, como la colocación de cartelería y la pintura de
cordones. Asimismo, la Subdirección de Comunicación Institucional, deberá realizar una
amplia campaña de difusión, antes de realizar el cambio de sentido de circulación a fin de
que generar el mayor conocimiento de los conductores del Departamento del nuevo sentido.
Artículo 4°: Una vez promulgada la presente Ordenanza, por Secretaría de este Cuerpo,
comuníquese al señor Comisario de la Seccional 13o, al jefe de la Delegación de Tránsito
del Departamento, a los dos Juzgados con asiento en el Departamento, a la Delegación de
Vías y Medios de Transporte Zona Este y al jefe del Cuerpo de Preventores de la
Municipalidad de Rivadavia.
Artículo 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro
de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo
Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 17 días del mes de abril de 2023.

ILIANA ROQUE HERNÁN AMAT
SECRETARIA H.C.D PRESIDENTE H.C.D
Cpde. Expte.No 2023-00053-8 H.C.D.

Compartir publicación: