VISTO:
El Expediente N.o 2023-00082-7 HCD, caratulado Ediles del Honorable Concejo
Deliberante, presentan proyecto de Ordenanza: Derogación Ordenanza N° 4.782 Reina
Nacional Francisca Jahan, y
CONSIDERANDO:
La Declaración N° 33/2014 y la Ordenanza N° 4.782.
Que el Poder Ejecutivo construye un edificio destinado a un Hogar de Día en la Ruta
Provincial N° 67 frente al Anfiteatro Municipal “Cesar Plástina”.
Que, en el año 2015, el H. C. D. aprueba la Ordenanza N° 4.782 designa con el
nombre “Doña Francisca Jahan” al Hogar de Día Municipal para adultos mayores de
nuestro Departamento en reconocimiento a nuestra primera Reina Nacional de la Vendimia
del año 1952.
Que el 20 de abril de 2018 en el marco del 134° Aniversario del Departamento de
Rivadavia, se inaugura oficialmente un “Centro de Día Municipal” para adultos mayores
que funcionó parcialmente con siete adultos mayores, hasta que comenzó la pandemia de
COVID-19.
Que durante los años 2021 y 2022 el edificio se utilizó como Centro de Vacunación
contra el COVID, utilizado por el Área Sanitaria de Rivadavia para realizar un operativo de
vacunación de magnitudes sin precedentes.
Que durante el año 2023 se firma un Convenio con el Ministerio de Salud de la
Provincia de Mendoza para que funcione en este edificio un centro de atención y
prevención en Salud Mental para jóvenes, eliminando el objetivo inicial de brindarle un
servicio social a nuestros abuelos.
Que se ha eliminado el cartel fijado al frente del edificio que rezaba “Hogar de Día
Doña Francisca Jahan”; es necesario y como muestra de respeto y recuerdo de nuestra
primera Reina Nacional y su familia, restablecer el cartel.
Que la Sra. Francisca Jahan siempre expresó su deseo de ser nominada como Reina
Nacional, por tal orgullo de haber sido la Primer Reina Nacional de la Vendimia de nuestra
tierra.
Que es importante para nuestra cultura y tradición que las nuevas generaciones la
recuerden y reconozcan como Reina Nacional.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1°: Deróguese la Ordenanza N° 4.782
Artículo 2°: Designase con el nombre “Reina Nacional Francisca Jahan” al Edificio
Municipal ubicado en Ruta Provincial N°67 frente al Anfiteatro Municipal “Cesar
Plástina”, el que deberá poseer siempre una actividad social, cultural, deportiva o de salud.
Artículo 3°: El objeto del servicio prestado por la municipalidad de Rivadavia deberá
figurar con carteles en su frente, no menores del que tenía como “Hogar de día”, como así
también el establecido en el artículo 2°.
Artículo 4o: Comuníquese el contenido de la presente Ordenanza a la familia de Francisca
Jahan.
Artículo 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro
de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo
Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 25 días del mes de abril de 2023.
ILIANA ROQUE HERNÁN AMAT
SECRETARIA H.C.D PRESIDENTE H.C. D
Cpde. Expte No 2023-00082-7 H.C.D.