VISTO:
El Expediente N°2022-00339-2 caratulado Vecinos Barrio San Isidro I presentan
inquietud referido a circulación calle Lamadrid, tramo Isaac Estrella -Godoy Cruz y,
CONSIDERANDO
Que el pedido de los vecinos contempla la factibilidad de permitir la circulación en
doble sentido de marcha de calle Lamadrid, teniendo en cuenta que la única salida es por
calle San Isidro, dificultándose desplazarse hacia el microcentro de la ciudad en forma
rápida, cómoda y segura.
Cabe destacar que se hizo un análisis de factibilidad en el Área de Ordenamiento
Territorial, quienes dieron la viabilidad del mismo.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1°: Modificase el Artículo 2° de la Ordenanza N°4830/16, que quedará redactado
de la siguiente manera: Disponer el sentido de calle Lamadrid de sur a norte, en el tramo
comprendido desde calle Almirante Brown hasta Godoy Cruz, exceptuándose el tramo
comprendido entre la intersección de Fleming y Lamadrid en 20 metros de norte a sur. En
los tramos desde Godoy Cruz hasta Isaac Estrella, el sentido de marchas será doble, nortesur; sur-norte. Por medio de la Dirección de Obras Públicas, se realizarán las obras
necesarias a fin de dar cumplimiento a la presente norma.
Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro
de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo
Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 01 días del mes de noviembre de 2022.
ILIANA ROQUE DR. HERNÁN AMAT
SECRETARIA H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.